PC presenta denuncia por violación a la Ley Electoral por firmas encuestadoras

Santo Domingo.-Participación Ciudadana, presentó su formal denuncia  por violación a la Ley electoral por parte de las empresas encuestadoras.

Santo Domingo.- El movimiento cívico no partidista, Participación Ciudadana, presentó su formal denuncia  por violación a la Ley 15-19 sobre régimen electoral por parte de las empresas encuestadoras.

La entidad indicó, en un documento dirigido a la Junta Central Electoral (JCE),  que las firmas ASISA Research Group y el Instituto Dominicano de Estudios Aplicados, Mercadeo y Encuesta, incumplieron la referida ley.

PC señaló que estas empresas violaron determinados requisitos que la Ley Orgánica sobre Régimen Electoral que demanda que deben ser cumplidos por las entidades y personas físicas dedicadas a estas actividades.

“La empresa ASISA Research Group hizo una encuesta cuyo trabajo de campo fue realizado entre el 16 y el 19 de julio del año en curso, y los resultados de la misma fueron publicados en varios medios. De la lectura del trabajo completo de la encuesta realizada, se puede verificar que en el mismo no figura en ningún lugar la denominación y el domicilio de la entidad o persona física que encargó la realización de la investigación, violando claramente el artículo 200, ordinal 1 de la Ley 15-19. Tampoco figura en varias de las preguntas, la cantidad de personas que no contestaron a cada una de ellas, violando el artículo 200, ordinal 3 de la ley”, expresaron en el comunicado.

Indicaron que, por su lado, el Instituto Dominicano de Estudios Aplicados, Mercadeo y Encuesta, dio a conocer una encuesta en la que expresaba que el estudio “fue hecho con auspicio de varios empresarios que colaboran con Ola sector Externo Luis Abinader”, lo que no satisface el voto de la ley.

Añadió que  requiere de la identificación de esos empresarios, por lo que incurre en la misma violación que ASISA.

También incurrió, de acuerdo a PC, en la violación de no hacer figurar cuántas personas no respondieron a varias de las preguntas como lo manda el artículo 200, ordinal 3 de la ley.

Señaló que la Ley 15-19 prevé un régimen de sanciones para aquellas personas que violan sus disposiciones, entre las que se encuentran: Sanción administrativa consistentes en compensaciones pecuniarias, que debe ser aplicada por la Junta Central Electoral, de acuerdo con el artículo 279 de la ley; Prisión correccional de tres meses a un año y multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público, de acuerdo con el artículo 285.18 de la ley.

PC subrayó que espera que la JCE, luego de revisar los datos ofrecidos en la denuncia, proceda a sancionar de manera administrativa a ambas empresas, y apodere al Ministerio Público para que se ponga en movimiento la acción pública por las violaciones indicadas.

 

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