Abogados de caso Valle Nuevo advierten a Domínguez Brito que plazo vence en marzo

Abogados de empresas agrícolas que operan en Valle Nuevo, en Constanza, provincia La Vega, aclararon este jueves al ministro de Medio Ambiente, Francisco Domínguez Brito, que la fecha para retirar los cultivos de la zona vence en marzo y no en enero&#82

Abogados de empresas agrícolas que operan en Valle Nuevo, en Constanza, provincia La Vega, aclararon este jueves al ministro de Medio Ambiente, Francisco Domínguez Brito, que la fecha para retirar los cultivos de la zona vence en marzo y no en enero como él alega.

Manuel Fermín, en representación  de los abogados que impugnaron la resolución 14-2016, la cual manda el cese de los cultivos en Valle Nuevo, señaló que el funcionario,  como jurista que es,  no puede alegar desconocimiento a lo dispuesto en el artículo 31, numeral 8, de la Ley 107-13 que afirma que los efectos de los “planes” o de las resoluciones de contenido normativo se verifican una vez sean publicadas de manera íntegra en un periódico de circulación nacional”.

La referida resolución, emitida por Medio Ambiente,  otorgó un plazo de 120 días a los agricultores con terrenos sembrados dentro del Parque Nacional Valle Nuevo para que paralicen las labores agrícolas. Según el ministerio la fecha se cumple en enero.

En ese sentido,  el abogado dijo que “la ley no se hace cumplir violando la ley, y la resolusión14-2016 fue publicada el 9 de noviembre, por lo que el plazo tiene que ser contado a partir de esa fecha, y como abogado eso lo conoce bien el ministro (Domínguez Brito)”.

En una nota de prensa,  el Fermín  adujo, además, que el proceso de la resolución 14-2016 ha sido llevado de manera irregular, en desconocimiento de los derechos de las personas al omitir el procedimiento  de consulta pública y sin el diálogo que manda la ley.

Explicó que el artículo 30 de la ley 107-13 manda que la Administración Pública obtenga la información necesaria para la aprobación de sus decisiones  y exige el diálogo con otros órganos y entes públicos, con los interesados y el público en general, con ponderación  de las políticas sectoriales  y derechos implicados y promoviendo e derecho fundamental a la participación ciudadana como sustento de la buena gobernanza democrática.

“En este proceso no ha habido diálogo y e  diálogo es un derecho de los ciudadanos plenamente exigible al Estado, quien además tiene el deber normativo de suplirlo”, adujo.

La nota agrega que los abogados Juan Manuel Guerrero, Gilbert de la Cruz y el propio Fermín, sometieron, en nombre de las empresas Granja Mora, Flores Purama y Flores Antillanas, un recurso de impugnación a la resolución 14-2016 ante el tribunal Superior Administrativo el 31 de octubre que busca la anulación de la misma.

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