La banca de RD pasó prueba de capital mínimo

El sistema financiero dominicano pasó la prueba de capital mínimo de operación establecido por la Junta Monetaria.

El sistema financiero dominicano pasó la prueba de capital mínimo de operación establecido por la Junta Monetaria. Ajustando las cifras patrimoniales en base a la inflación acumulada del 2005 al 2013, los nuevos parámetros ya fueron alcanzados por la mayoría de los intermediarios financieros.

Para los bancos múltiples, que manejan más del 80% de las transacciones de los intermediarios financieros, el ajuste propuesto busca acercar los niveles mínimos locales a los que existen en los países centroamericanos.

De todos los intermediarios financieros del mercado local, la banca múltiple aprobó la prueba de capitalización con mejor promedio. Trece de los quince bancos tienen niveles superiores al nuevo mínimo de capital. A todos los otros integrantes del sistema financiero les faltaron puntos para aprobar.

El monto actualizado y que deberá ser cubierto en un período de dos años por cualquier banco múltiple que esté por debajo, es de RD$275.0 millones. La cifra faltante deberá ser cubierta a razón de un 25% semestral, según dispuso la Junta Monetaria.

Por encima

La nueva cifra, que representa un ajuste de un 205.5% sobre el mínimo anterior, es ampliamente superada por 13 de los 15 bancos del sistema, los  cuales duplican el nuevo capital mínimo.

El nivel mínimo original, de 90 millones de capital, fue establecido previo a la aprobación de la Ley Monetaria, en el 2002. Fue establecido mediante resolución de la Junta Monetaria, para la obtención de la licencia de banca múltiple, cuando se dio el tránsito de banca comercial a múltiple o universal. La licencia de banca múltiple se lograba originalmente por dos vías: fusión de dos o más entidades financieras y por capitalización, para lo cual la institución interesada debía tener un capital mínimo de RD$90 millones.

Mediante la Quinta Resolución de la Junta Monetaria del 10 de abril del 2014 se establecieron los nuevos niveles de capital de RD$275.0 millones para los bancos múltiples, RD$55.00 millones para los bancos de ahorro y crédito, RD$15.00 millones para las corporaciones de crédito, y RD$17.00 millones para las asociaciones de ahorros y préstamos.

Uno de los considerandos de la resolución indica que de haberse indexado anualmente, de conformidad con el índice de inflación de cada año para el período 2005-2013, según la metodología aprobada por la Ley Monetaria y Financiera y el Reglamento de Apertura , habría  nuevos niveles de capital mínimo para los intermediarios financieros.

Explica que según los resultados de los cálculos de indexación, los bancos múltiples pasarían de RD$163.0 millones a RD$273.5 millones, los requerimientos para los bancos de ahorro y crédito se moverían de RD$33.0 a RD$55.4 millones y en el caso de las corporaciones de crédito pasarían de RD$9.0 a RD$15.1 millones. En el caso de las asociaciones de ahorros y préstamos el capital mínimo pasaría de RD$10.0 millones a RD$16.7 millones.

“Al actualizar a diciembre del 2013 los montos de capital pagado mínimo iniciales establecidos” en la Ley Monetaria y Financiera “se obtendría que solo dos bancos múltiples, dos bancos de ahorro y crédito, cuatro corporaciones de crédito y una asociación de ahorros y préstamos registrarían un capital pagado inferior al monto actualizado requerido conforme la referida Ley”, dice uno los considerandos de la resolución.

La medida argumenta también que “con el aumento de capital propuesto se fortalecerá la solvencia de las entidades de intermediación financiera y contribuirá a la estabilidad financiera”.

En otro considerando de la resolución, la Junta Monetaria plantea que a fines de evaluar los niveles actuales de capital mínimo requerido a los bancos múltiples, con los de entidades similares de los países de Centro América, se realizó un comparativo de los requerimientos expresados en dólares estadounidense, evidenciándose que los montos exigidos en el país son significativamente inferiores al resto de la región. En caso de que se acoja la propuesta presentada por la gerencia del Banco Central, el requerimiento para los bancos múltiples ascendería a US$6.4 millones, para un incremento de US$2.6 millones, quedando aún en niveles inferiores a los demás países de la región”, explica.

Reglamento fijó los parámetros antiguos

La estructura legal del capital mínimo que se modifica para los intermediarios financieros que operan en el mercado dominicano fue dada por el artículo 24 del Reglamento para la Apertura y Funcionamiento de Entidades de Intermediación Financiera y Oficinas de Representación. Ese artículo estableció que los bancos múltiples y las entidades de crédito que se constituyan en el territorio nacional, o que se establezcan como sucursales de bancos extranjeros o filiales de entidades financieras extranjeras, así como las asociaciones de ahorros y préstamos, tendrán que conformar el capital pagado mínimo determinado por la Junta Monetaria, que nunca podrá ser inferior a los montos iniciales establecidos por el mencionado literal del artículo 38 de la Ley Monetaria y Financiera, a saber: bancos múltiples RD$163 millones; bancos de ahorros y créditos, RD$33.0 millones; corporaciones de créditos, RD$9.0 millones, y asociaciones de ahorros y préstamos, RD$10.0 millones. La normativa dice que para la apertura, la Junta Monetaria dispondrá los niveles mínimos, tomando en cuenta la inflación.

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