“Ciudadanos” al margen de la Constitución

La Constitución dominicana en su Capítulo V, establece todo lo relativo a la ciudadanía: cómo se adquiere, derechos, cómo se pierde y los elementos que las cartas magnas modernas consideran atributos propios de los ciudadanos de un Estado democrátic

La Constitución dominicana en su Capítulo V, establece todo lo relativo a la ciudadanía: cómo se adquiere, derechos, cómo se pierde y los elementos que las cartas magnas modernas consideran atributos propios de los ciudadanos de un Estado democrático de libertades. No consigna, sin embargo, las clases de “ciudadanos” que conforman el núcleo real y amplio de la dominicanidad. Ningún texto define que en la vida práctica existen categorías con derechos por encima de los demás, lo cual en sentido simple significa, privilegios. El denominado Padre de Familia, con mayúsculas, porque se trata de un ciudadano con todos los derechos imaginables y más allá. Se trata, por lo general, de un “desposeído”, aunque no son los bienes lo que lo define si no la actitud de violentar de manera olímpica toda ley, reglamento o disposición sin que “autoridad” alguna ose reclamarle y si lo hace sería en un “operativo” de corto efecto. Esto da derecho a ocupar aceras, invadir propiedad pública o privada y acomodar, para su ventaja y beneficio, la convivencia ciudadana y el derecho de los demás. Es ampliamente utilizado por el político populista para “repartir” lo ajeno o lo del Estado, que en teoría, es de todos. El “infelí”, elemento que la lástima produce y aúpa, que aprovechándose del refrán de que “la oveja mansa se chupa su teta y la ajena”, logra que el Estado le asigne más de una vivienda, todos los “bonos” que privilegian a los más necesitados y aún reclama. Otra especie es la del “ chofer de carro público”, denominado así aunque sea operador de “ voladora”, guagua o camión. Lo que al conductor privado obliga la ley, a este lo exime. El cinturón de seguridad es “molestia” para esta especie. Lo mismo las condiciones del vehículo al margen de la seguridad ciudadana. Pueden estacionarse y tomar pasajeros en cualquier punto prohibido y no existe Amet ni policía que se atreva a aplicarle ley alguna o le “chuban” a un jefecito “sindicalista”, de los dueños del país.

Existe una clase de ciudadanos “extranjeros” con más derechos que cualquier dominicano. Un haitiano puede actuar en justicia sin documento de identidad alguno y las autoridades están obligadas a recibir sus reclamos (por lo general con asistencia de un criollo aguzado). El dominicano precisa de cédula que lo identifique, mientras esta clase de “ciudadano” no. Cierto es que el dominicano es amante de privilegios. Basta recordar que el Dr. Balaguer obligó a aquellos que obtenían exoneración de impuestos de importación de vehículos, a exhibirlo en la placa, y se exhibía con orgullo desnaturalizando el propósito. Todo esto corroe el principio de autoridad, contribuye de manera puntual a la desinstitucionalización y sobrecarga el erario público y a quienes, con el pago de sus impuestos, lo sostienen. El de “¿uté no sabe quien soy yo? que humilla agentes, sostenido por el parentesco o la cercanía con un ”jefote”. Los “sindicalistas” del transporte constituyen una subclase por “encima del bien y del mal”.

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