Comisión reglamenta proceso del PLD

Solo la Comisión Organizadora del Congreso Norge Botello tiene facultad para dar a conocer los resultados de las votaciones, los cuales se emitirán mediante boletines oficiales y un informe general de los resultados.

Solo la Comisión Organizadora del Congreso Norge Botello tiene facultad para dar a conocer los resultados de las votaciones, los cuales se emitirán mediante boletines oficiales y un informe general de los resultados.Así se establece en  el reglamento para la elección de miembros del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana, elaborado por la comisión del congreso, que funciona en la actual fase como comisión nacional electoral. En una asamblea general realizada el pasado fin de semana se distribuyó entre los  dirigentes del PLD que son enlaces con los municipios, la reglamentación y se explicó en detalle cada uno de los pasos. El reglamento para la elección de  miembros del Comité Central cuenta con 37 artículos y seis considerando en los que se establecen las normas antes, durante y posterior a las elecciones convocadas para el 12 de enero próximo.

Se precisa que la Comisión Organizadora es la instancia partidaria superior para decidir  sobre las impugnaciones, que están también reglamentadas en el documento. En el capítulo de las sanciones se establece que la comisión tiene la facultad de sancionar por violaciones al reglamento, advirtiendo que “cualquier miembro del partido  que adultere actas, boletas o cualquier otro material de votación o realice acciones fraudulentas para favorecer a un candidato o candidata de su preferencia, será sometido al tribunal disciplinario correspondiente para ser juzgado por alta traición al partido y expulsado de manera deshonrosa”.

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