El Constitucional ordena a Inespre desalojar parcela

Los jueces entendieron que la institución gubernamental violó el derecho a la propiedad del ciudadano Ángel Vásquez Valentín.

Los jueces entendieron que la institución gubernamental violó el derecho a la propiedad del ciudadano Ángel Vásquez Valentín.El Tribunal Constitucional confirmó una sentencia que ordenó el desalojo del Instituto de Estabilización de Precios (Inespre), de la porción de terreno con una extensión superficial de  22,102 metros cuadrados, de la parcela 1-B, del Distrito Catastral 3, del municipio Villa Riva, propiedad de Marco Ángel Vásquez Valentín. La decisión está contenida en la sentencia TC/0070/13, en la cual se declara inadmisible un recurso de revisión constitucional interpuesto por la institución contra la sentencia de amparo que ordenó la desocupación del terreno.

“Independientemente de que los compradores hubieran cumplido con su obligación de pagar el precio, no tenían derecho a apropiarse del inmueble en ausencia de una decisión judicial mediante la cual se ordenara la ejecución del  indicado contrato”, precisa el tribunal.

En su decisión el juzgado reseña que Inespre y, su entonces director, Ricardo Jacobo Cabrera, procedieron a tomar posesión del inmueble objeto de un contrato de venta condicional entre las partes de fecha 5 de julio de 2011, a pesar de que no contaban con una  decisión judicial que los amparara.

La decisión contó con el voto divergente de la magistrada Katia Miguelina Jiménez Martínez.

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