Danilo Medina no se lo merece

En diciembre pasado afirmé que no faltarían funcionarios dispuestos a crear problemas innecesarios al Gobierno aplicando su particular…

En diciembre pasado afirmé que no faltarían funcionarios dispuestos a crear problemas innecesarios al Gobierno aplicando su particular interpretación de la ley de aumento de impuestos del año pasado. Cité como ejemplo la belicosa actitud de quienes procesan los incentivos al turismo en el Ministerio de Hacienda.

Digo belicosa, porque escuché a un representante del sector turístico presente en una reunión sobre el tema, relatar la decidida y sorprendente rebeldía de estos técnicos ante los señalamientos de sus superiores sobre la necesidad de acatar la normativa constitucional que establece la no aplicación retroactiva de las leyes a no ser que favorezcan a las personas o empresas. Esta situación se refiere al efecto de la reforma fiscal sobre la Ley 158-01 de octubre del 2001 que establece un régimen de incentivos con el objetivo de fomentar el desarrollo turístico, y favorece a los promotores de proyectos inmobiliarios turísticos y a quienes adquieran unidades residenciales en ellos, liberándolos de ciertos impuestos.

La nueva ley de aumento de impuestos mantiene el incentivo al inversionista que desarrolla el residencial turístico pero lo elimina al comprador de la vivienda. La Ley 158-01 otorga 10 años de exoneración a los proyectos turísticos favorecidos con la clasificación a partir de la fecha de terminación, y actualmente existen docenas de residenciales de este tipo con cientos de apartamentos y villas que no han sido vendidas, pero tienen los incentivos otorgados al momento de aprobarse su clasificación.

La inversión para construir estos residenciales y el plan de negocios para vender las unidades se programaron con los incentivos establecidos en la Ley 158-01, y se supone que el del Estado que los aprobó garantiza este régimen de incentivos, pero los funcionarios de Hacienda, aún contradiciendo al propio ministro, y en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), entienden que tienen potestad para interpretar y aplicar la ley a su antojo, y ya están rechazando la aplicación de los incentivos y los proyectos aprobados, con el alegato de que a ellos también se les aplica la nueva ley. A un oficial del Gobierno o a cualquier persona puede gustarle el régimen establecido por la Constitución y las leyes. A mí, por ejemplo, me parece una burla la normativa que se aplica a los funcionarios públicos corruptos, pero estoy obligado a aceptarla.

El artículo 110 de la Constitución consagra el principio de irretroactividad de la ley. Dicta que esta se aplica para el porvenir y la autoridad ni la ley podrán “alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior”. Parece que en Hacienda y la DGII empujan al empresariado turístico a presentar el primer caso de inconstitucionalidad en el Gobierno de Danilo, que no lo merece.

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