La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) advierte que el proyecto de ley de alquileres de bienes inmuebles y desahucios tiene disposiciones que pueden generar “efectos adversos” si no se corrigen de manera adecuada.

El marco legislativo propuesto por Alfredo Pacheco, presidente de la Cámara de Diputados, fue aprobado en primera lectura la semana pasada y será sometido a vista pública este jueves.

La Finjus, en aras de una legislación justa, funcional y equilibrada, considera indispensable reformular aspectos sustantivos y procedimentales que afectan la autonomía contractual, la seguridad jurídica y la operatividad del sistema judicial.

“Observamos que el presente proyecto de Ley de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios plantea una serie de disposiciones que pueden generar efectos adversos si no se corrigen y precisan adecuadamente una serie de disposiciones que pueden generar efectos adversos si no se corrigen y precisan adecuadamente”, señala Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la entidad a través de un comunicado remitido a este medio.

Puntos a corregir

Los puntos que deben ser reconsiderados del pliego de ley antes de su aprobación definitiva en el Congreso Nacional son, según la Fundación, la necesidad de un tratamiento diferenciado para los distintos tipos de alquileres; autonomía de la voluntad y cargas contractuales; vacíos conceptuales y ambigüedades jurídicas; y aspectos procesales y de ejecución.

Sobre el primer punto, Castaños Guzmán explica que debe corregirse la falta de diferenciación entre los alquileres de uso habitacional y aquellos destinados a fines comerciales, industriales o turísticos, ya que tratar estos regímenes de forma homogénea puede afectar de forma negativa e al dinamismo económico, “en particular a la inversión y a la libertad contractual”.“La normativa aplicable a alquileres comerciales debe descansar principalmente en la autonomía de la voluntad, dado que estos contratos son firmados entre partes con mayor capacidad de negociación y distinto nivel de riesgo”, subraya.

En cuanto a la autonomía de la voluntad y cargas contractuales, dice que el proyecto introduce varias disposiciones que reducen de forma innecesaria el margen de negociación entre las partes, como es el artículo 4, el cual impone de forma anticipada el destino del inmueble, restringiendo la posibilidad de pactar libremente su uso. “Igualmente, se establece un límite obligatorio para el reajuste de la renta, imponiendo un índice oficial en ausencia de acuerdo expreso, lo que puede desincentivar el arrendamiento formal y desincronizar los contratos con la realidad económica”, señala el reconocido jurista.

Dice que hay omisiones y ambigüedades

La Fundación Institucionalidad y Justicia pondera, además, que el proyecto de ley de alquileres tiene disposiciones que incurren en omisiones y ambigüedades que podrían generar inseguridad jurídica. Tal es el caso -de acuerdo con el comunicado de prensa- del artículo 12 de la legislación, que menciona el concepto de “abandono” sin definirlo con precisión, lo que puede generar conflictos interpretativos y abrir la puerta a litigios innecesarios.

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