Instituye entidades como agentes retención

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) instituyó hoy a las entidades de intermediación financiera como agentes de retención del Impuesto Sobre la Renta cuando realicen pagos a personas jurídicas por concepto de intereses de cualquier natur

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) instituyó hoy a las entidades de intermediación financiera como agentes de retención del Impuesto Sobre la Renta cuando realicen pagos a personas jurídicas por concepto de intereses de cualquier naturaleza.

Mientras que en otra medida anunció el pago mínimo transitorio mensual para las bancas de apuestas deportivas según lo establecido por la Ley 139-11 recientemente promulgada.

Esta última medida está contenida en la Norma General número 12-2011.

La relacionada a las entidades financieras está contenida en la Norma General 13-2011, ambas emitidas durante el fin de semana y dadas a conocer hoy a la opinión pública mediante publicación oficial.

La Norma General número 13-11 establece que las entidades de intermediación financiera reguladas por las disposiciones de la Ley 183-02, quedan instituidas como agentes de retención cuando efectúen pagos por concepto de intereses de cualquier naturaleza a las personas jurídicas establecidas en las disposiciones del artículo 297 del Código Tributario o a cualquier otra entidad que obtenga rentas gravadas por el Impuesto sobre la Renta, por concepto de intereses pagados por las entidades de intermediación financiera.

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