Julio Cury respalda fallo Tribunal Constitucional

Julio Cury expresó este viernes su conformidad con la sentencia 168/13 dictada por el Tribunal Constitucional que fijó criterio en torno a la nacionalidad dominicana.

Julio Cury expresó este viernes su conformidad con la sentencia 168/13 dictada por el Tribunal Constitucional que fijó criterio en torno a la nacionalidad dominicana.

Señaló que la Constitución de 1966 exceptuaba el jus soli, es decir, el derecho a optar por la nacionalidad del país donde se viene a la vida, tanto a los hijos de diplomáticos como de transeúntes.

“Salvo que no residiesen legalmente en el país, las parturientas de otros países que venían al nuestro con el sólo propósito de concebir, o que por una circunstancia fortuita y sin proponérselo lo hacían, no podían ampararse en el jus soli para favorecer con la nacionalidad dominicana a las criaturas que alumbraban en nuestras clínicas porque ellas, las madres, se reputaban transeúntes”, expuso.

Calificó de absurda la invocación del principio de la favorabilidad para criticar el referido fallo, alegando que la nacionalidad no es un derecho fundamental, sino un derecho político cuyo margen de regulación legal es discrecional de cada país.

“Si el artículo 11 de las últimas tres revisiones constitucionales le negaba la nacionalidad por el jus soli a los hijos de transeúntes que se encontrasen legalmente en suelo dominicano, tanto más, por interpretación teleológica, se lo negaba a los hijos de transeúntes ilegales”, agregó el jurista.

 

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