Neurociencia y feminicidio

Esta semana un grupo de jueces dominicanos que realiza una Maestría en Derecho Judicial, en la Escuela Nacional de la Judicatura, analizará los desafíos que las neurociencias le plantean al Derecho Penal y a las demás disciplinas relacionadas…

Esta semana un grupo de jueces dominicanos que realiza una Maestría en Derecho Judicial, en la Escuela Nacional de la Judicatura, analizará los desafíos que las neurociencias le plantean al Derecho Penal y a las demás disciplinas relacionadas con el control social. Como se sabe, el estudio del cerebro y del sistema nervioso le ha permitido a algunos neurocientíficos afirmar que no existe el libre albedrío y que el comportamiento humano es menos el producto de la voluntad y más el resultado de reacciones cerebrales, muchas de ellas explicadas por malformaciones, deficiencias de sustancias o por simples sinapsis neuronales.

La negación de la existencia del libre albedrío y el resurgimiento del determinismo de las neurociencias se proyecta, sobre todo, en los ámbitos de la imputación subjetiva y de la culpabilidad, cuestionando algunos de los fundamentos del derecho penal contemporáneo. La doctrina jurídico-penal, sin embargo, ha reaccionado en forma mayoritaria, negando la teoría de la inexistencia del libre albedrío y reafirmando su creencia en la condición del hombre como ser libre y responsable de sus actos. Algunos científicos, como Libet, creen que antes de que comience a producirse una acción consciente ya el cerebro ha iniciado una serie de procesos inconscientes, y que lo que se denomina «arranque de voluntad», viene precedido por un «potencial de disposición» o «preparatorio», quedando a la fase consciente de la conducta una especie de «posibilidad de veto» para frenar las acciones puestas en marcha en forma inconsciente.

El problema que se plantea nos remite, necesariamente, al hecho de que el objeto de las neurociencias y su método y formas de intervención, son diferentes a los de las ciencias del control de las conductas desviadas que resultan socialmente intolerables. ¿Qué procesos inconscientes, de química cerebral o de actividad neuronal se producen 0.8 segundos antes de que un feminicida le arranque la vida a su pareja? ¿Qué impulsos eléctricos recorren el cuerpo de alguien que incendia una habitación donde duerme su mujer y sus hijos? La neurociencia, auxiliada de modernos escáneres que registran cualquier cantidad de reacciones cerebrales, quizás podría encontrar y ofrecer respuestas.

Sin embargo, el Derecho Penal moderno, que parte de una concepción de las personas como seres dotados de una dignidad inviolable, debe seguir apostando a la existencia de la libertad como posibilidad de escoger entre acciones alternativas o diversas, y en virtud de las cuales se asumen responsabilidades y consecuencias. Ninguna conducta lesiva de la vida, la integridad física u otros bienes jurídicos está predeterminada. Creer lo contrario no nos permitiría seguir avanzando en la construcción de sociedades basadas en el respeto a esa dignidad, de la que todos somos titulares, así como en una convivencia civilizada.

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