Propuesta salarial

El salario mínimo de los trabajadores del sector privado no sectorizado es revisado cada dos años, tomando como referencia la inflación acumulada, así como otros indicadores como la devaluación, y alguna circunstancia inesperada que haya afectado&#82

El salario mínimo de los trabajadores del sector privado no sectorizado es revisado cada dos años, tomando como referencia la inflación acumulada, así como otros indicadores como la devaluación, y alguna circunstancia inesperada que haya afectado a la economía. Se aplica al sector privado “no sectorizado”, porque no incluye a los  sectores de turismo, zonas francas y otras áreas, a las que se les revisa también el salario cada dos años, pero en proporciones distintas.

Las discusiones sobre el salario mínimo se desarrollan en el Comité Nacional de Salarios (CNS) un órgano que opera en el Ministerio de Trabajo, pero es independiente, representado por el Gobierno, el sector patronal y el sector sindical. Se necesita el voto favorable de dos de esas tres partes para tomar una decisión. Generalmente se hace un esfuerzo porque las decisiones sean de consenso y no divididas.

Hay tres escalas de salario mínimo en el sector privado, que varían de acuerdo con el tamaño de las empresas (pequeñas, medianas y grandes) Los parámetros sobre los tamaños de las empresas deben ser revisados en el futuro.

Otro aspecto que debe ser revisado, y es mi propuesta, es la fecha de entrada en vigencia del aumento salarial. Esto así, porque si bien la revisión debe ser cada dos años, siempre las partes se tardan en ponerse de acuerdo y el aumento entra en vigencia al momento de llegar al consenso, no precisamente cuando se cumplen los dos años de vigencia del último aumento.

Por ejemplo, el aumento de 2011 fue en junio. Ahora las discusiones se van a iniciar antes, pero se pueden extender; supongamos que hasta agosto, entonces el aumento entraría en vigencia en agosto y no en junio, lo que afecta directamente a los trabajadores que esperan por ese ajuste. Lo ideal es que se fije una fecha para la entrada en vigencia del aumento, independientemente del tiempo que tarden para ponerse de acuerdo. Por ejemplo, supongamos que se fije el 1 de abril de cada dos años para el ajuste salarial. Si las partes en el CNS tardan hasta junio para ponerse de acuerdo, se aplica el aumento acordado, pero con efectividad al 1 de abril y así el trabajador no pierde.
Esa es mi propuesta…

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