Salcedo: SCJ fue sorprendida en caso Bancrédito

Los abogados del Banco Central y de la defensa de Juan Felipe Mendoza difieren sobre la sentencia de la Suprema Corte de Justicia.

Los abogados del Banco Central y de la defensa de Juan Felipe Mendoza difieren sobre la sentencia de la Suprema Corte de Justicia.Carlos Salcedo, representante del Banco Central en el caso Bancrédito, dijo que respeta mucho a los miembros de la Segunda Sala de la Suprema, pero, según dice, se dejaron sorprender por una certificación  que ocultó parte del proceso.

Explicó que esa certificación, aisladamente, puede ser vista como una certificación  que hace inválida una prueba o hace nula o inexistente una prueba que fue presentada en el proceso.

“El hecho de que  la KPMG certifique que no existía un estado financiero auditado, eso es cierto, pero eso no implica que la KPMG  tenga que decir o tenga que velar,  y basta preguntarle a la KPMG  si no hizo, o no tuvo en sus manos todos los datos y representaciones necesarios para poder llegar eventualmente a un estado financiero auditable”.

Dijo que no quiere decir que la Suprema Corte de Justicia, la Cámara Penal  particularmente, no hayan hecho una ponderación ni hayan tratado de fundamentar su decisión.

Manifestó que los jueces se dejaron sorprender  por una certificación que no dice la otra verdad, que es la existencia de un estado financiero no auditado  como lo demostró la auditoría forense practicada por Duarte y Asociados que contiene una serie de documentos y pruebas también irrefutable .

Por su lado, el abogado de la defensa de Juan Felipe Mendoza, Napoleón Estévez Lavandier, afirmó  que la sentencia  “restablece la debilitada administración de justicia”. Afirmó  que se hizo justicia porque su defendido y el empresario Pellerano Peña se mantenían en prisión de manera injusta, porque las pruebas presentadas para su condena estuvieron viciadas.

Explicó que la decisión contiene una motivación muy bien articulada y fundamentada en derecho, la cual se produce en virtud del artículo 428-4 del Código Procesal Penal, que dispone que la sentencia podrá ser anulada cuando sobrevenga un documento nuevo que tenga la fuerza de controvertir la certeza alcanzada en la sentencia impugnada, lo cual ocurrió en la especie con la aportación ante la Suprema de una certificación de la firma de auditores KPMG.
Estévez Lavandier manifestó que se trata de una decisión que supera toda crítica jurídica en cualquier parte del mundo.

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