Sancionarán a ARS no aumenten cobertura

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales informó ayer que sancionará a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) que no hayan incrementado la cobertura de medicamentos ambulatorios y otros beneficios.

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales informó ayer que sancionará a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) que no hayan incrementado la cobertura de medicamentos ambulatorios y otros beneficios.La entidad Supervisora y Reguladora de los seguros Familiar de Salud y de Riesgos Laborales manifestó que tomarán medidas contra las ARS que incumplan con la resolución 375-02 del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), la cual establece la atención integral en los grupos de alto costo y de cirugía del actual Plan de Servicios de Salud (PDSS).

Mediante nota de prensa, Pedro Luis Castellanos, director de la institución, informó que en las últimas semanas ha recibido cerca de 100 reclamaciones y denuncias de parte de afiliados, sobre el incumplimiento de dicha resolución por parte de algunas ARS.

Indicaron que las quejas han sido recibidas de forma directa a través de su Oficina de Atención al Usuario, del call center de la Sisalril, y en su mayoría, por vía de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (Dida).

“La Sisalril investiga cada una de las denuncias y reclamos que recibe, cuando se comprueba que las personas reclamantes tienen razón, se exhorta a las ARS al cumplimiento y si no se cumple se da inicio a procesos sancionatorios para las ARS que, no han dado cumplimiento a dicha Resolución, no obstante haberle sido demandado oportunamente por esta Superintendencia”, sostiene la entidad.

La institución calificó como inaceptable que se violen los derechos y beneficios correspondientes de la ciudadanía, al tiempo que destacó que solo el CNSS tiene la facultad legal de establecer los contenidos del Plan de Servicios de Salud (PDSS) y del Plan Básico de Salud (PBS) de las prestaciones que forman parte del mismo.
“Es una obligación de las ARS, así como de los Prestadores de Servicios de Salud, cumplir con las decisiones del CNSS con respecto al PDSS (PBS), y corresponde a la Sisalril velar por el fiel cumplimiento de las mismas”.

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