Suspenden las operaciones a mataderos por violar ley 64-00

El Gobierno suspendió las operaciones de tres mataderos en la cuenca del río Ozama por violación a la Ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales y operar productos de forma poco inocua.

El Gobierno suspendió las operaciones de tres mataderos en la cuenca del río Ozama por violación a la Ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales y operar productos de forma poco inocua.Durante una operación a cargo de técnicos de la Dirección de Calidad Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, inspectores de Pro Consumidor y efectivos del Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), fueron cerrados los mataderos Agro Empresa Quiñones y Los Tres Brazos, Carnes y Embutidos El Renacimiento, antiguo (Matadero Mañón), dichos establecimientos no cuentan con los permisos ambientales correspondientes.

La disposición fue tomada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Pro Consumidor que forma parte de los trabajos de rescate del afluente y da cumplimiento a la resolución 13-2016, del citado Ministerio.

Los mataderos

De acuerdo a un comunicado de la Dirección de Comunicaciones de la Presidencia (Dicom), el sistema de tratamiento del matadero Agro Empresa Quiñones opera de manera deficiente ya que no incluye a la trampa de grasas, desarenador, laguna de retención de sólido y el reactor anaeróbico. Estos se descargan al alcantarillado, lo que a su vez se deposita en el río Ozama.

En cuanto al matadero Los Tres Brazos, no han concluido el proceso para la obtención de la autorización pertinente y tienen un sistema de lagunas que opera de manera deficiente, y descargan sus desechos al subsuelo a través de filtrantes.

Entre los ilícitos identificados está no contar con la autorización ambiental adecuada que viola el artículo 41 de la Ley 64-00. Además, las lagunas que poseen se encuentran saturadas de lodo y vísceras.

El tercer matadero tampoco tiene permiso ambiental. Su sistema de tratamiento de residuos no cumple con los requerimientos establecidos por la norma ambiental.

A estos establecimientos se les otorgó un plazo de 10 días para la adecuación del sistema de depuración de aguas residuales. Asimismo, 30 días para concluir el proceso de obtención de su permiso ambiental, de no cumplir con los plazos conllevará el cierre definitivo.

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