Transporte es primitivo y de mala calidad en Santo Domingo

Cada día la dignidad de los usuarios del transporte público es afectada por los operadores de guaguas y carros del concho que ofrecen este servicio.

Cada día la dignidad de los usuarios del transporte público es afectada por los operadores de guaguas y carros del concho que ofrecen este servicio.Como si no se tratara de personas, los pasajeros son transportados de forma precaria, y con tan sólo escuchar al chofer soltar la frase: “Péguense como anoche”, se encorvan como un “8” con tal de llegar a su destino en las destartaladas unidades que no reúnen los más mínimos requisitos para circular.

La falta de supervisión de las autoridades llamadas a fiscalizar a los sindicatos del transporte y operadores de ruta, hace posible que en las llamadas horas pico se vean pasajeros colgando de las puertas de las guaguas, poniendo en peligro sus vidas.

La sobrecarga de pasajeros para sacar un mayor beneficio económico en cada trayecto también se manifiesta en los carros del concho, donde el asiento delantero, diseñado para una persona es utilizado para dos y los traseros, creados para tres transportan a cuatro.

Ley 241 establece requisitos

Todo esto ocurre a pesar de que la Ley 241, de Tránsito Terrestre, establece claramente una serie de requisitos para garantizar un servicio de calidad a los usuarios. De acuerdo al artículo 178: “Todo pasajero de vehículo de servicio público tiene derecho a viajar segura y cómodamente, sin que a nadie le sea permitido desconocer o menoscabar este derecho”, lo cual es incumplido con excepción de las compañías privadas como Caribe Tours, Metro y Transporte Espinal.

En cuanto al número de pasajeros permitido, el artículo 105 indica que ningún vehículo de motor podrá transportar un número de pasajeros mayor al indicado por la matrícula.

Los artículos 106 y 107 señalan que ninguna persona conducirá un vehículo de motor por las vías públicas con más de dos personas sentadas a su lado en el asiento delantero y que tampoco se podrá colocar asientos adicionales a los que vienen de fábrica, como hacen la mayoría de los dueños de minibuses que adaptan una tabla pegada a los asientos delanteros, conocida como el “palo de la cotorra” donde suben cuatro y hasta cinco pasajeros.

El experto en seguridad vial, Luis Alba, afirmó que no ha habido una política de Estado para enfrentar el caos y mejorar el servicio de transporte público.

Afirma que las violaciones a la Ley 241 no se circunscriben a la sobrecarga de pasajeros sino que también se utilizan vehículos que no están aptos para el transporte de personas. Puso como ejemplo las denominadas guaguas “plataneras” cerradas de tres cilindros, las cuales son utilizadas en varias rutas, pese a que no son adecuadas.

Reforma fiscal prevé recursos para vehículos

En la recién aprobada reforma fiscal se incluyó un gravamen a la gasolina para renovar la flota vehicular. El artículo 22 establece que con el objetivo de promover el desarrollo vial y la renovación del parque vehicular del transporte público de pasajeros y de carga, se establece un impuesto adicional de RD$2.00 por cada galón al consumo de gasolina y gasoil, regular y premium, previsto en la ley 112-00 sobre hidrocarburos.

El párrafo III de este artículo, índica que “el 25% de estos ingresos deberán ser utilizados exclusivamente para el programa de renovación vehicular de transporte público de pasajeros y de carga”. El 75% restante será utilizado para el desarrollo vial.

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