Tribunal ordena a Aduanas no aplicar impuesto a compras por Internet

El Tribunal Superior Administrativo ordenó ayer a la Dirección General de Adunas abstenerse de cobrar impuestos a las compras hechas por Internet inferiores a 200 dólares.

El Tribunal Superior Administrativo ordenó ayer a la Dirección General de Adunas abstenerse de cobrar impuestos a las compras hechas por Internet inferiores a 200 dólares.Con su decisión, la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso de amparo interpuesto por la Fundación Justicia y Transparencia, Portes Núñez y Asociados, Alianza Dominicana de Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Cámara Dominicana de Comercio Electrónico y la Asociación Dominicana de Empresas Courier (Asodec), entre otras instituciones.

El tribunal declaró que contra los accionantes “se vulneraron los derechos fundamentales relativos al debido proceso administrativo, que implica la sujeción de la administración pública al ordenamiento jurídico nacional, que debe fundamentarse en el respeto irrestricto de la legalidad, en sentido amplio”.

En el dispositivo de la sentencia leída y entregada a las partes, también se rechazó el recurso de inadmisión planteado por la Dirección de Aduana y su director, así como de los intervinientes voluntarios en el proceso.

Reacción a favor

Trajano Potentini, presidente de la Fundación Justicia y Transparencia, expresó que “la decisión es un espaldarazo a la Constitución, y los jueces deben ser felicitados por todo el país, al demostrar que la judicatura es verdaderamente el pilar sobre el que se sostiene el estado de derecho y la supremacía constitucional”.

“La decisión es un acto de responsabilidad de los jueces del tribunal, que una vez le dice a los administradores que deben sujetarse a la Constitución y las leyes”, expresó Felipe Herrera, presidente de la Alianza Dominicana de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Reacciones en contra

Al conocer la decisión, la Dirección de Aduanas rechazó la decisión e informó que, una vez reciba formalmente la sentencia marcada con el número 00278-2014, con las debidas motivaciones, acudirá ante el Tribunal Constitucional para solicitar la revisión de la misma.

Aduanas entiende que “no se han vulnerado derechos fundamentales” de los tipos contenidos en la Constitución de la República, tal y como fue explicado por los abogados que la representaron ante el referido tribunal.

De su lado, Luis Miguel Rivas, de la Organización Nacional de Empresas Comerciales (ONEC), expresó que el fallo es contrario y violatorio de los preceptos constitucionales y que por lo tanto dentro de cinco días, al igual que la Dirección de Aduanas, impugnarán la sentencia por ante el Tribunal Constitucional.

Dijo que esto es un atentado al principio de la institucionalidad del derecho, ya que, según él, “no todo lo que los jueces deciden en amparo es correcto y en este caso es un ejemplo de esto. Esta no ha sido una decisión correcta, ha sido una decisión populista, pero no una decisión conforme a los preceptos constitucionales”, refirió.

Base del conflicto entre las partes

La Dirección General de Aduanas había publicado un aviso donde se comunica “a todo el sector del despacho expreso de envío que opera al amparo del decreto número 402-5, de fecha 26 de julio del 2005, que aprueba el reglamento para ejercer esta actividad en la República Dominicana, que las mercancías importadas bajo la modalidad establecida en la categoría B, definida en el artículo 4 del mismo, deben pagar los derechos e impuestos aduaneros que corresponden a partir del 15 de agosto del año en curso”.

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