Valle Nuevo y los retos ambientales del TSA

L a Ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04 establece claramente que “los objetivos de los parques nacionales son: proteger la integridad ecológica de uno o más ecosistemas de gran relevancia ecológica o belleza escénica, con cobertura boscosa&#82

L a Ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04 establece claramente que “los objetivos de los parques nacionales son: proteger la integridad ecológica de uno o más ecosistemas de gran relevancia ecológica o belleza escénica, con cobertura boscosa o sin ella, o con vida submarina, para provecho de las presentes y futuras generaciones, evitar explotaciones y ocupaciones intensivas que alteren sus ecosistemas, proveer la base para crear las oportunidades de esparcimiento espiritual, y desarrollar actividades científicas, educativas, recreacionales y turísticas”; reiterando a seguidas que “los usos permitidos son los siguientes: investigación científica, educación, recreación, turismo de naturaleza o ecoturismo, infraestructuras de protección y para investigación, e infraestructuras para uso público y ecoturismo en las zonas y con las características específicas definidas por el plan de manejo y autorizadas por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.

Al describir los usos permitidos en los parques nacionales, esta Ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04 no dice en ninguna parte que en los parques nacionales se permiten labores agrícolas, y eso no sólo lo saben las autoridades ambientales y los especialistas en materia ambiental, sino que también lo sabe todo el pueblo dominicano, pues los campesinos que cultivaban yautía y jengibre en el parque nacional de Los Haitises fueron sacados con el apoyo de todo el pueblo dominicano, y reubicados en otros lugares de la zona, del mismo modo que ya en el año 1993 el presidente de la República Dominicana, Joaquín Balaguer, ordenó sacar a los agricultores de Valle Nuevo por tratarse de una zona protegida en ese entonces como reserva científica.

Sin embargo, dice un viejo refrán que la costumbre de la sociedad hace la ley, y como en la República Dominicana es costumbre irrespetar cada ley, ahora nos encontramos que un grupo de empresas que desarrollan agricultura intensiva ilegal dentro del parque nacional de Valle Nuevo han ido al Tribunal Superior Administrativo a presentar un recurso de nulidad en contra de la disposición legal del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales que, en cumplimiento de la Ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04, ordena a todos los agricultores salir del parque nacional de Valle Nuevo en un plazo de 120 días, y asentarse en otros lugares donde la agricultura sea permitida, es decir, que esas empresas agrícolas acaban de ir a un tribunal a pedir que se anule una ordenanza administrativa sustentada en una ley para que a ellas se les permita seguir violando las leyes ambientales y seguir destruyendo el bosque y las aguas de una zona montañosa que nunca debió ser tocada por la agricultura.

En ningún país organizado se permite que las áreas protegidas sean invadidas por labores productivas intensivas y extensivas que degradan los recursos naturales que son protegidos por las leyes, pero como la República Dominicana es un país muy particular donde cualquier persona o empresa entiende que las leyes son promulgadas para ser cumplidas por los demás, cada cual se siente exonerado del cumplimiento de las leyes, incluyendo las leyes ambientales, y no sólo nos atrevemos a invadir las áreas protegidas para destruirlas en violación a la Ley, sino que cuando las nuevas autoridades ambientales han entendido y determinado que ya está bueno del irrespeto a la Ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04, y que todo el que esté violando esa ley dentro de los límites del parque nacional de Valle Nuevo debe salir en enero 2017, nos atrevemos a ir a los tribunales a reclamar que la legalidad ambiental sea declarada como ilegalidad, y que a nuestra ilegalidad ambiental se le dé carácter de legalidad y de perpetuidad, aunque estemos atropellando y destruyendo recursos naturales que son propiedad de toda la sociedad y de la posteridad, y ese es el colmo del atrevimiento, de la osadía y del irrespeto a las leyes.

En un mundo donde la protección del medio ambiente y los recursos naturales se ha estado convirtiendo en filosofía social global, principalmente la protección del agua que cada día está más escasa para abastecer a una población creciente que ya comienza a sentir los efectos de la sed, resulta inaceptable, y hasta descarado, que un grupo de empresas que, en violación a la Ley Ambiental 64-00 y en violación a la Ley Sectorial de Áreas Protegidas 202-04, operan plantaciones agrícolas dentro de un parque nacional productor de agua, como Valle Nuevo, se atrevan, de forma temeraria, a presentarse ante un tribunal a reclamar el derecho que dicen tener para seguir destruyendo los recursos naturales, y como “a confesión de parte, relevo de pruebas”, esta acción legal interpuesta ante el Tribunal Superior Administrativo es la mejor oportunidad para las autoridades del Ministerio de Medio Ambiente, y para las autoridades judiciales, para aplicarles todo el peso de las leyes ambientales por haber estado destruyendo los recursos naturales del parque nacional de Valle Nuevo, pero, sobre todo, por la temeridad de desafiar a la autoridad porque se creen con derecho para usufructuar y destruir, con ropa de ilegalidad, importantes recursos naturales que pertenecen a toda la sociedad. l

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