SISALRIL dice Salud Pública actuó correctamente en caso Claudio Caamaño

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) consideró este jueves que el Ministerio de Salud Pública ha actuado correctamente, en cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades, al investigar a fondo el lamentable caso en el cual&#

SISALRIL dice Salud Pública actuó correctamente en caso Claudio Caamaño

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) consideró este jueves que el Ministerio de Salud Pública ha actuado correctamente,…

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) consideró este jueves que el Ministerio de Salud Pública ha actuado correctamente, en cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades, al investigar a fondo el lamentable caso en el cual perdió la vida Claudio Caamaño Grullón.

La Sisalril resaltó la labor de Salud Pública en adoptar decisiones para el fortalecimiento de la atención de emergencias en el sistema público de salud.

Sostiene que al establecer responsabilidades en el manejo del paciente y adoptar las decisiones correspondientes, el Ministerio de Salud Pública (MSP) encamina una acción que sienta un ejemplarizadora.

“Corresponde ahora al Ministerio Público establecer si ha habido delitos y a los involucrados ejercer su derecho a la legítima defensa” expresa la entidad supervisora en un comunicado de prensa.

Esta actuación del Ministerio de Salud Pública establece un precedente muy significativo que fortalece la confianza de la ciudadanía en las instituciones.

La Ley General de Salud (42-01) es explícita con respecto a la obligatoriedad que tiene todo establecimiento de salud de brindar atención a pacientes en situaciones de emergencia, más aun cuando está en juego la vida.

“Nadie está por encima de la ley y de los derechos de los ciudadanos.  Las acciones del MSP en este caso, representan un avance en el camino de fortalecer su rol rector de todo el sistema de salud, público y privado, que le asigna el ordenamiento legal vigente.

La Ley 123-15, que estableció el Servicio Nacional de Salud, y refuerza la separación de funciones, ha creado condiciones favorables para que el Ministerio de Salud Pública pueda fortalecer y ejercer más cabalmente sus funciones de rectoría; ya no es juez y parte.

“Todos debemos respaldar la aplicación de esta Ley, el desarrollo del Servicio Nacional de Salud y de la Red Única de Servicios Públicos de Salud, más allá de los intereses particulares, sean legítimos o no. La SISALRIL favorece que se avance en la aplicación de la Ley 123-15, en todas sus partes”.

La Ley 87-01 y el desarrollo del Seguro Familiar de Salud, han tenido un impacto importante en el avance de la atención privada de salud desde que en el 2007 se inició el régimen contributivo.

Fortalecer regulaciones

Estamos ante una coyuntura favorable para que todos los participantes en el  Sistema de Seguridad Social en salud, reflexionemos sobre los aspectos positivos y negativos que han surgido en este desarrollo del sistema de servicios salud, y asumamos la responsabilidad de fortalecer las regulaciones que garanticen un mejor ordenamiento, la mayor calidad y la seguridad para los pacientes.

En lo que concierne a Seguro Familiar de Salud, la atención de urgencias y emergencias está cubierta dentro del actual PDSS. Es una responsabilidad de las Administradoras de Riesgos de Salud velar porque sus Prestadores de Servicios de Salud contratados cumplan con esta obligación y compromiso.

Hay disposiciones vigentes, producidas por la SISALRIL, que establecen y regulan esta obligación. Hemos procedido a revisar estas disposiciones para actualizarlas, en los casos que sean necesarios, y adecuarlas a las nuevas realidades.

Aseguramiento de calidad

Actualmente estamos en un proceso de concertación con el MSP, para desarrollar mecanismos de aseguramiento de la calidad y de la seguridad de los pacientes, en todos los prestadores de servicios de salud, públicos y privados, que forman parte del sistema de seguridad social.

Igualmente, trabajamos en conjunto con el MSP para asegurar que todos los establecimientos Prestadores de Servicios de Salud contratados en el marco de la seguridad social tengan al día su habilitación por parte del Ministerio de Salud Pública y hayan cumplido con las recomendaciones y demandas de mejoría que le hayan sido señaladas.

Esperamos establecer próximamente,  un acuerdo interinstitucional con el MSP para impulsar conjuntamente estas iniciativas a corto plazo.

Por otro lado, la SISALRIL ha preparado un proyecto de resolución que procura establecer normativas sobre el registro de prestadores de servicios de salud, y otro sobre los procedimientos de auditoría médica que se llevan a cabo entre los Prestadores de Servicios y las ARS, y una actualización de la Normativa sobre los contratos entre las ARS y los PSS.

La mayoría de estos proyectos ya están en la fase de consultas públicas y se encuentran en la página web de la Superintendencia.

El país ha tomado conciencia en forma progresiva, sobre la necesidad de fortalecer las regulaciones de la prestación de servicios de salud. La SISALRIL y el Ministerio de Salud Pública están trabajando coordinadamente para este propósito y para avanzar hacia un sistema de salud, público y privado, que responda mejor a las necesidades y derechos de la ciudadanía.

 

 

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La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) consideró este jueves que el Ministerio de Salud Pública ha actuado correctamente, en cumplimiento de sus atribuciones y responsabilidades, al investigar a fondo el lamentable caso en el cual perdió la vida Claudio Caamaño Grullón.

La Sisalril resaltó la labor de Salud Pública en adoptar decisiones para el fortalecimiento de la atención de emergencias en el sistema público de salud.

Sostiene que al establecer responsabilidades en el manejo del paciente y adoptar las decisiones correspondientes, el Ministerio de Salud Pública (MSP) encamina una acción que sienta un ejemplarizadora.

“Corresponde ahora al Ministerio Público establecer si ha habido delitos y a los involucrados ejercer su derecho a la legítima defensa” expresa la entidad supervisora en un comunicado de prensa.

Esta actuación del Ministerio de Salud Pública establece un precedente muy significativo que fortalece la confianza de la ciudadanía en las instituciones.

La Ley General de Salud (42-01) es explícita con respecto a la obligatoriedad que tiene todo establecimiento de salud de brindar atención a pacientes en situaciones de emergencia, más aun cuando está en juego la vida.

“Nadie está por encima de la ley y de los derechos de los ciudadanos.  Las acciones del MSP en este caso, representan un avance en el camino de fortalecer su rol rector de todo el sistema de salud, público y privado, que le asigna el ordenamiento legal vigente.

La Ley 123-15, que estableció el Servicio Nacional de Salud, y refuerza la separación de funciones, ha creado condiciones favorables para que el Ministerio de Salud Pública pueda fortalecer y ejercer más cabalmente sus funciones de rectoría; ya no es juez y parte.

“Todos debemos respaldar la aplicación de esta Ley, el desarrollo del Servicio Nacional de Salud y de la Red Única de Servicios Públicos de Salud, más allá de los intereses particulares, sean legítimos o no. La SISALRIL favorece que se avance en la aplicación de la Ley 123-15, en todas sus partes”.

La Ley 87-01 y el desarrollo del Seguro Familiar de Salud, han tenido un impacto importante en el avance de la atención privada de salud desde que en el 2007 se inició el régimen contributivo.

Fortalecer regulaciones

Estamos ante una coyuntura favorable para que todos los participantes en el  Sistema de Seguridad Social en salud, reflexionemos sobre los aspectos positivos y negativos que han surgido en este desarrollo del sistema de servicios salud, y asumamos la responsabilidad de fortalecer las regulaciones que garanticen un mejor ordenamiento, la mayor calidad y la seguridad para los pacientes.

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