La mora judicial es uno de los mayores problemas de la justicia dominicana, pero no es el único y, particularmente entiendo que, no es el principal.
En su discurso de rendición de cuentas, el 7 de enero de 2020, el presidente de la Suprema Corte de Justicia hizo énfasis en tres aspectos claves de la administración de justicia: el presupuesto necesario para su buen funcionamiento, siempre insuficiente; la asimetría en la carga de trabajo de los tribunales que él llama: “inequidad en la distribución de la carga judicial”; y, la mora judicial, como negación de la justicia misma. Al respecto, dijo que: “hay procesos iniciados hace más de una década. En la propia Suprema Corte de Justicia, solo en ella, se han acumulado 18,357 casos que en junio de 2019 esperaban resolución. Varios de ellos aguardan por sentencia desde el siglo pasado”.

Es probable que muchos jueces de carrera hayan fruncido el ceño al escuchar de voz del presidente de la Suprema Corte de Justicia que no deciden a tiempo, que algunos trabajan más que otros y que la mora se traga el deseo de justicia de los usuarios. Lo cual podría ser parcialmente cierto, pero, es de ilusos “pedirle peras al olmo”.

El problema es, sin dudas, integral. La mora es la punta de iceberg, que se sostiene en falta de recursos, de condiciones laborales óptimas, de exceso de trabajo, de falta de personal de apoyo y otros aspectos que no se ven, que no salen en las estadísticas presentadas en la rendición de cuentas. Por ejemplo, en el país tenemos 778 jueces para una población de más de 10 millones de personas. Y de cualquier forma en que se divida es enorme la carga de trabajo de los jueces de carrera.

Y, si bien estos aspectos del discurso del 7 de enero fueron un golpe a los jueces, más fuerte fue un Proyecto de Ley, para “derogar el artículo 165 de la Ley 821, de Organización Judicial, del 21 de noviembre de 1927, y la Ley No. 1021, del 16 de octubre de 1935”, aprobado en dos lecturas en la Cámara de Diputados, que circuló de forma profusa e indignó a los jueces de carrera, y que establece sanciones de multa equivalente al 25 por ciento del salario mensual de los jueces que no decidan los procesos a tiempo, excluyendo del imperio de la ley a la Suprema Corte de Justicia.

Sin dudas un despropósito, ilegal e inconstitucional, que afecta la estabilidad laboral, el salario, la dignidad de los jueces de carrera (la carrera termina en la Corte de Apelación correspondiente). Al respecto, la “Confederación de Asociaciones de Jueces Dominicanos”, que incluye: ASOJURD, JUDEMO, LA RED y ADOJUPA, dirigieron una misiva a los miembros del Senado de la República, fechada 3 de febrero de 2020, fijando postura sobre el tema y llamando la atención sobre la independencia judicial que podría ser afectada con el Proyecto de Ley.

Aunque, repito, la mora no es el gran problema de la justicia dominicana.

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