Las consecuencias que ha traído la COVID-19 en los procesos penales no solamente ha sido paralizar momentáneamente los juicios, sino que también ha hecho que los mismos retrocedan, es decir, que se inicien desde cero.

En marzo pasado cuando el coronavirus se detectó en el país, el Poder Judicial cerró los tribunales y paralizó los plazos procesales, pero luego de permitir conocer las audiencias de forma presencial, han sido varios los casos en los que el tribunal apoderado ha tenido que ordenar que la audiencia se reinicie.

Todo esto, de acuerdo a juristas consultados, se debe que al pasar tanto tiempo con los casos detenidos, se pierde el principio de inmediación que establece el Código Procesal Penal.

“Cuando se genera una ruptura de un proceso, más allá de dos semanas o de ocho días, que es lo que se estipula, pues se sobreentiende que hay informaciones precisas que van quedando en el aire, y en ese sentido es que entra este principio, el principio de inmediación, que no es más que ese conocimiento directo de la prueba”, explicó el defensor público Harold Aybar.

Un ejemplo de esto es que la preliminar del caso Super Tucano, que conoce el Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, y el juicio de fondo contra Gabriel Villanueva, acusado de matar a Andreea Celea, que se lleva a cabo en el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, fueron reiniciados.

Independientemente de que plazos procesales fueron detenidos, la inmediatez no se cumple, manifestó la abogada Sonia Guerrero. “Un juicio recesado desde marzo hasta julio, por más que se quiera, no se pude reiniciar otra vez donde se terminó, porque la inmediación se perdió. Es que humanamente en la mente del juzgador no queda nada retenido”, dijo.

Aybar explicó que el objetivo del principio de la inmediación es que los jueces procuren mantener lo más fresco posible todo cuanto se ha dicho en el proceso que conoce.

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