La jueza María Garabito, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, apoderada para conocer las actuaciones de la investigación que se les sigue a los exmiembros de la Cámara de cuentas remitió el caso hacia la jurisdicción ordinaria.
La decisión de la magistrada se debe a que como ya Hugo Álvarez, Pedro Ortiz Hernández, Carlos Tejada Díaz, Margarita Melenciano y Félix Álvarez no son titulares del organismo fiscalizador, no tienen privilegio de jurisdicción y el caso debe conocerse en los tribunales del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

En ese sentido, la jueza de la instrucción especial, actuando en atribuciones de la jurisdicción privilegiada, envió las actuaciones de este proceso y a las partes por ante la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, la cual asignará a un juzgado para la continuación del caso.

La remisión del caso se da, tras Garabito declararse incompetente para conocer la petición de la Cámara de Cuentas que busca que se declare nula la orden judicial con la que fue allanada en febrero pasado por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

Como ya no hay privilegio de jurisdicción, la jueza no tiene que seguir conociendo el caso.

“Este juzgado toma en consideración que la investigación se ha concentrado en el Distrito Nacional, por lo que resulta ser la jurisdicción ordinaria competente y corresponde remitir el presente proceso por ante la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional a los fines de que designe el Juzgado de Instrucción que continuará resolviendo sobre los asuntos que legalmente le son atribuidos”, explica en su resolución donde también precisó que el artículo 68 del Código Procesal Penal establece que la cuestión de competencia no implica la suspensión del procedimiento preparatorio.

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