La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) mostró preocupación por varios artículos de la más reciente versión del proyecto de Código Penal, tras considerar que desnaturalizarían principios e instituciones universales del Derecho Penal, riñen con la Constitución de la República y harían menos eficiente la persecución penal.

La organización planteó que se hace necesario revisar la descripción de las acciones que son consideradas como delitos contra la mujer y violencia de género; la pretensión de igualar la pena del autor del delito con la de sus cómplices y la propuesta que procura restablecer el delito de usura.

A través de una comunicación dirigida al presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, Finjus advirtió que la iniciativa de ley “intenta eliminar la simultaneidad y proporcionalidad para configurar la presunción de la legítima defensa”, y con ello, “las graves consecuencias de prescindir de una causa de justificación que existe en todos los códigos penales modernos, disminuyendo así la protección de la vida y la integridad personal”.

En algunos de los nuevos tipos penales se pretende igualar la pena del autor del delito con la de sus cómplices, agrega la entidad. Eso, desde el punto de vista punitivo, “desnaturaliza el nuevo régimen de autoría y participación que se había incorporado en los proyectos de nuevo Código Penal aprobados en 2014 y 2018”, observa la comunicación firmada por Servio Tulio Castaños, vicepresidente ejecutivo de Finjus. Las observaciones procuran contribuir con la creación de un Código Penal diáfano y actual, indica.

Artículos que atentan contra la Ley Monetaria

La entidad alertó que se pretende restablecer el delito de usura con lo que, “se estaría penalizando la libertad que tienen las personas e instituciones financieras de negociar las tasas de interés”. Asegura que eso implicaría modificar la Ley Monetaria y Financiera, “desestabilizando el sistema financiero nacional que opera con tasas activas y pasivas competitivas y de acuerdo a la demanda y oferta del mercado del dinero”.

También critica el artículo que permite al juez imponer prisión preventiva cuando el imputado ha sido sometido por tercera vez, sin reparar en que haya verificado condena alguna.

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