El Congreso Nacional ha tenido varios intentos fallidos en diferentes gestiones legislativas
El escudo protector contra el aumento del consumo nocivo del alcohol que propone la Organización Mundial de la Salud (OMS) contempla impuestos al consumo, restricciones integrales al marketing y limitación de los horarios de venta al por menor.
Aun cuando son herramientas ideales para entornos de recursos limitados, República Dominicana parece huirle como “el diablo a la cruz” a toda medida o práctica que procure prevenir y regular la ingestión de bebidas alcohólicas.
Desde el año 2005, tres iniciativas de leyes sobre el tema han sido frenadas en seco en el Congreso Nacional. La más reciente de ellas, el Proyecto de Ley para el Control de Expendio, Suministro y Consumo de Bebidas Alcohólicas, ya recibió el rechazo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Procompetencia).
El anteproyecto crea una licencia para el expendio o suministro de bebidas alcohólicas, que será expedida por el Ministerio de Interior y Policía; fija un horario para la venta de las mismas y establece obligaciones legales tanto para quien compra el alcohol como para quien lo vende.
Además, prohíbe la venta, expendio, suministro o consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, aceras, calles y avenidas, así como a personas que se encuentren en el interior de vehículos de motor.
Desde la perspectiva de la OMS, las mejores inversiones y, a la vez, herramientas de prevención en esta materia son: fortalecer las restricciones relativas a la disponibilidad de alcohol; hacer cumplir las medidas contra la conducción bajo sus efectos; reajustar los precios de las bebidas alcohólicas por medio de impuestos al consumo y establecer restricciones integrales de su publicidad, patrocinio y promoción.
A juicio del organismo multilateral, se trata de acciones poderosas que tienen mayores probabilidades de acelerar el progreso hacia la prevención del consumo de alcohol y sus daños y lograr un cambio significativo en la salud de los países.
El Proyecto de Ley para el Control de Expendio, Suministro y Consumo de Bebidas Alcohólicas, propuesto por el vicepresidente del Senado, Santiago José Zorrilla, está siendo analizado por la Comisión Permanente de Interior y Policía y Seguridad Ciudadana de la Cámara Alta.
Sin embargo, el pasado 13 de abril, a través de una comunicación remitida al presidente del Senado, Eduardo Estrella, Procompetencia manifestó su preocupación tras considerar que el contenido del proyecto de ley vulnera la Ley General de Defensa de la Competencia, No.42-08.
“Tomando en cuenta el artículo 50 de la Constitución dominicana, el cual habla sobre la libertad de empresa, y considerando que el alcohol es de venta libre en nuestro país, pretender obligar a que los agentes económicos, que de manera formal se dedican a su comercialización, tengan que solicitar una licencia para vender un producto lícito y de libre comercio, supone una barrera”.
El organismo plantea que el establecimiento de requisitos o condiciones injustificados para el acceso a una actividad económica de libre comercio supone limitar innecesaria y desproporcionadamente el ejercicio del derecho a la libertad de empresa y comercio, lo que a juicio de Procompetencia constituye la principal condición para mantener un cierto nivel de competencia efectiva en los mercados.
El intento
En el año 2005, el diputado Nelson Rodríguez de la provincia Espaillat propuso una iniciativa que declaraba de interés nacional la lucha contra el consumo excesivo de bebidas alcohólicas.
Se trató de una iniciativa que regulaba incluso la publicidad de las bebidas alcohólicas.
Prohibía, por ejemplo, toda publicidad de bebidas alcohólicas que sugiriera que su consumo mejora el rendimiento físico o intelectual de las personas. Y también aquellas que utilizaran el consumo como estimulante de la sexualidad o de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones.
Establecía en su artículo 6 la obligatoriedad para los establecimientos que expenden bebidas alcohólicas de tener un rótulo en área visible que señale que está prohibido vender bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
También prohibía el expendio y consumo de alcohol en los establecimientos comerciales que operan en las estaciones de combustible, tras argumentar que por el uso desmesurado de bebidas alcohólicas se produce un alto porcentaje de accidentes de tránsito que provocan muertes, incapacidad y daño a la propiedad.
La iniciativa perimió. Le pasó lo mismo que al proyecto de Ley de Prevención y Lucha Contra El Consumo Excesivo de Bebidas Alcohólicas que la Cámara Alta aprobó el 10 de enero de 2008.
Su contenido creaba el Consejo Nacional de Prevención y Lucha Contra el Consumo Excesivo de Alcohol, con autonomía administrativa, presupuestaria, financiera y funcional, con la finalidad de que velara por el fiel cumplimiento de las normas tendentes a controlar el consumo excesivo de alcohol.
La entidad estaría presidida por la entonces Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS), e integrada por un representante de Secretaría de Interior y Policía; de la industria cervecera, de la industria del ron; del sector importador de bebidas alcohólicas, de Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia; el Colegio Médico Dominicano; de la Secretaría de Obras Públicas, la Autoridad Metropolitana de Transporte y de las Iglesias católica y evangélica. Al igual que otras iniciativas que existen en América Latina, prohibía la venta de bebidas alcohólicas algunos días de la semana, en horarios específicos.
Muchos países de la región emiten licencias
De acuerdo con el Informe sobre la Situación del Alcohol y la Salud en la Región de Las Américas 2020, elaborado por la Organización Mundial de la Salud, casi todos los países de la Región de las Américas usan sistemas de concesión de licencias para regular las ventas de alcohol al por menor (78,1%) y han establecido una edad legal mínima para la compra y consumo de cerveza, vino y licores en establecimientos públicos.
Las políticas que regulan la disponibilidad física de las bebidas alcohólicas buscan cambiar los patrones regulares de consumo, es decir, los lugares y comportamientos asociados al consumo de alcohol.