La Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó por unanimidad el lunes que las personas que viven en el país bajo el Estatus de Protección Temporal (TPS) y entraron al país sin un visado, no pueden solicitar la residencia permanente dentro de Estados Unidos.
El TPS es otorgado a personas que provienen de países devastados por guerras o desastres. Los protege de la deportación y les permite trabajar legalmente. Este fallo forma parte de un caso que involucró a una pareja de El Salvador que vive en Estados Unidos desde principios de la década de 1990 y se centró en si las personas que ingresaron sin permiso al territorio y recibieron protección humanitaria alguna vez fueron “admitidas” en el país de acuerdo con las leyes migratorias.

La jueza Kagan escribió que no. “El programa otorga a los extranjeros el estatus de no inmigrantes, pero no los admite. La jueza igualmente señaló que la Cámara de Representantes ya aprobó una legislación que haría posible que los beneficiarios del TPS se conviertan en residentes permanentes.

Entre los argumentos que se sustentaron en el caso presentado ante la Corte Suprema se alegaba que muchas personas que llegaron a Estados Unidos por razones humanitarias han vivido en el país durante muchos años, han dado a luz a ciudadanos estadounidenses y se han arraigado aquí. Lamentablemente este argumento no fue convincente para fallar en favor de las personas que tienen TPS.

Entre esas personas hay ciudadanos de El Salvador, Haití, Honduras, Myanmar, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Venezuela y Yemen. La decisión del lunes siete de junio no afecta a los inmigrantes con TPS que ingresaron a Estados Unidos legalmente y luego, se quedaron más tiempo cuando su visa venció. Debido a que esas personas fueron admitidas legalmente en el país y luego recibieron protección humanitaria, pueden solicitar la residencia permanente.

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