La Cámara de Diputados aprobó ayer en primera lectura el proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal (Ley 76-02) para que el robo sin violencia y sin armas puedan perseguirlo de oficio por el Ministerio Público sin que la víctima formalice una querella.

Aprobaron La pieza, en segunda lectura en el Senado en la pasada legislatura, es una lpropuesta del presidente de ese órgano, Eduardo Estrella; y el senador de Samaná, Pedro Catrain.

Dicha iniciativa reforma el artículo 31 del Código Procesal Penal, con el fin de suprimir el ilícito de robo sin violencia y sin armas como hecho punible que dependa de instancia privada, para que sea perseguible de oficio por parte del Ministerio Público.

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La modificación hará posible, tal como se indicó, que los fiscales puedan perseguir y procesar a quienes cometan hurtos menores o actos de raterismo, sin la necesidad de que la víctima remita una querella. Esto facilitará la persecución contra las personas que reinciden en ese tipo de ilícitos.

Una de las razones para justificar la reforma a la Ley 76-02, según consta en el proyecto, es que la exigencia de presentación y sostenimiento de la denuncia y la instancia privada en muchos casos de robo se erige “en un obstáculo” para la realización de la pretensión punitiva, por la ausencia o desistimiento de la víctima directa del delito en una etapa temprana del proceso. Si fuera sancionado el proyecto en segunda lectura sin modificaciones, será ley.

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