El consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, dice que esa cartera traería consigo cinco viceministerios

Si se crease un Ministerio de Justicia en el país, este traería consigo la instauración de cinco viceministerios y tendría bajo su adscripción a la Dirección de Servicios Penitenciarios, al Instituto Nacional de Ciencias Forense (Inacif), al procurador general Administrativo y al Instituto Especializado de Estudios Penitenciarios y Correccionales.

Así lo informó el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, durante un panel de discusión realizado en la sede de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (Unphu), en el proceso de socialización que el Gobierno lleva a cabo para someter el proyecto de creación del Ministerio de Justicia el próximo 27 de febrero y que ya se ha presentado a las entidades académicas, gremios profesionales y empresariales, así como asociaciones ligadas a la práctica jurídica.

En tal sentido, el funcionario explicó que en caso de ser creada dicha institución que busca descentralizar los procesos administrativos del sistema judicial, quedaría integrada por el Viceministerio de Atención y Colaboración al Sistema de Justicia, que coordinará la atención y colaboración brindadas desde el Poder Ejecutivo al Sistema de Justicia y el Viceministerio de Representación Procesal, el cual coordinará, en los casos que corresponda, la representación del Estado y la Administración Pública en las sedes jurisdiccionales de su competencia, así como en los foros arbitrales y de otros medios alternativos para la solución de conflictos.

También habría un Viceministerio de Derechos Humanos, este coordinará el Sistema Nacional de Derechos Humanos, contemplado en el anteproyecto, así como las políticas públicas en materia de derechos humanos. También instrumentará la respuesta a los requerimientos normativos, procesales y documentales de los organismos internacionales de derechos humanos; un Viceministerio de Políticas Penitenciarias y Correccionales, el cual coordinará el Sistema Penitenciario y Correccional y las políticas públicas penitenciarias y correccionales y un Viceministerio de Asuntos Registrales y Servicios a la Ciudadanía, que coordinará la administración y certificación de los asuntos registrales asignados a su competencia, así como la articulación eficiente de los servicios a la ciudadanía bajo su cargo.

El consultor jurídico precisó que, en adición, el Ministerio tendría bajo su adscripción órganos autónomos y descentralizados, como lo son la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, el Inacif y el procurador general Administrativo, a la vez que contará con dependencias desconcentradas, como el Instituto Especializado de Estudios Penitenciarios y Correccionales, entre otros.

“En lo que respecta a las atribuciones del ministerio estas van desde coordinar el Sistema de Servicios Penitenciarios y Correccionales y las políticas públicas penitenciarias y correccionales, hasta coordinar la administración y certificación de los asuntos registrales asignados actualmente al Ministerio Público, así como la articulación eficiente de los servicios a la ciudadanía bajo su cargo”, agregó.

Desde el nacimiento de la República

Durante su exposición, Antoliano Peralta, destacó la importancia de la creación del Ministerio de Justicia, al recordar que esta figura jurídica ha estado presente en el ordenamiento administrativo de la República Dominicana en ocasiones anteriores.

Expresó que la idea de crear un Ministerio de Justicia fue presentada en su propuesta de Gobierno por el entonces candidato presidencial Luis Abinader y forma parte de sus planes de modernización y fortalecimiento institucional de la Administración Pública.

Al respecto, el artículo 109 de la Constitución de San Cristóbal, del 6 de noviembre de 1844, instituyó el “ministro secretario de Justicia”, al cual la Ley núm. 38, del 6 de noviembre de 1845, le confirió sus funciones”, indicó Peralta Romero durante un panel de discusión realizado en la sede de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (Unphu), el pasado miércoles.

El funcionario agregó que, en 1931 mediante la Ley núm. 79 fue suprimida la Secretaría de Estado de Justicia, Instrucción Pública y Bellas Artes, siendo restablecida en 1934 a través de la Ley núm. 173, que dentro de las competencias que se le otorgaron en aquel entonces se destacan la defensa del Estado en casos litigiosos, la administración de los locales para tribunales, la inspección de establecimientos carcelarios, inspección del registro de propiedad, así como organizar y reglamentar el Estado civil.

Peralta indicó que el 24 de diciembre de 1955 fue promulgada la ley 4177 mediante la cual se le transfieren las funciones relativas al sector trabajo a la secretaría de Justicia, que pasará a llamarse Secretaría de Estado de Justicia y Trabajo.

Dijo también que es a partir del 10 de noviembre de 1964, con la ley número 485, cuando se suprime la Secretaría de Estado de Justicia y se pasan sus atribuciones a la Procuraduría General de la República, lo cual se mantiene hasta la actualidad.

Proceso de consulta y socialización

El consultor jurídico del Poder Ejecutivo señaló que el pasado 26 de octubre del 2022, al participar en el almuerzo-conferencia por el 32 aniversario de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), el presidente Abinader anunció que la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo inició los trabajos relativos a un proyecto de ley para crear un Ministerio de Justicia como órgano responsable de los asuntos administrativos.

Añadió que, en la actualidad, esos asuntos administrativos implican una carga innecesaria para el Ministerio Público y que lo distraen de su rol de dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en representación de la sociedad.

Peralta Romero expresó que, como resultado de este proceso consultivo, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo tiene a la fecha un anteproyecto de ley que configura al Ministerio de Justicia como órgano de planificación, dirección, coordinación y ejecución de las atribuciones delegadas por la Constitución y las leyes al Poder Ejecutivo, para la colaboración funcional y administrativa al Sistema de Justicia. “En fiel cumplimiento del principio de separación de poderes previsto en el artículo 4 de nuestro texto constitucional, hemos plasmado en el anteproyecto de ley que el Ministerio de Justicia cumplirá su objeto sin interferir en la independencia de los demás órganos y entes del Estado que integran el Sistema de Justicia en el ejercicio de sus respectivas funciones”, explicó.

Peralta reafirmó el compromiso de la actual Administración de gobierno del presidente Abinader no solo con la independencia del Ministerio Público, sino también con hacer de este órgano del sistema de justicia un instrumento más ágil en el cumplimiento de sus atribuciones procesales naturales.

Propuesta, aspiración desde hace tiempo

El consultor jurídico del Poder Ejecutivo manifestó que, en definitiva, la propuesta de crear un Ministerio de Justicia ha sido una aspiración de la comunidad jurídica dominicana desde hace mucho tiempo, tal como ocurre en Colombia, Costa Rica, Chile, Perú y otros países, constituye un paso más, tendente a insertar a la República Dominicana en los más avanzados esquemas de organización de la Administración pública en el continente Americano. Expresó que el compromiso del presidente Abinader es impulsar una Administración Pública capaz de ofrecer servicios a la ciudadanía cónsonos con el derecho fundamental a la buena administración.

Penitenciarías
Las atribuciones del Ministerio de Justicia serían coordinar el Sistema de Servicios Penitenciarios y Correccionales

Administrativos
También coordinar la administración y certificación de los asuntos registrales asignados al Ministerio Público”

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