La Cámara de Diputados aprobó de urgencia ayer miércoles, el proyecto de ley que crea el Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia y crea el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi).

La pieza, que fue sancionada a unanimidad de los votantes, es una propuesta del Poder Ejecutivo e Yván Lorenzo, vocero de la bancada del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el Senado. La misma viene de ser refrendada en la Cámara Alta el pasado 10 de mayo, por lo que ya es ley. Se espera que el Ejecutivo la promulgue para hacerla efectiva.

La legislación tiene por objeto garantizar la atención integral a la primera infancia como medio para la protección de la madre gestante y el desarrollo de todos los niños y niñas de cero a cinco años de edad.

El Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia, se crea como mecanismo de articulación y coordinación de todas las políticas, instrumentos, acciones y programas, desarrollados por órganos del Estado, instituciones autónomas, organizaciones sociales, dirigidos a la protección y la atención integral de todos los niños y las niñas desde la gestación hasta los cinco años de edad, sus familias y comunidades.

Según la legislación, corresponde al Ministerio de la Presidencia la rectoría del Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia, y la coordinación de los organismos que lo integran.

Integración del Sistema y objetivos

Forman parte del Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia el Ministerio de la Presidencia; el Ministerio de Educación; el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social; el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo; el Ministerio de Hacienda; los ayuntamientos; el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi); el Consejo Nacional para la Niñez y Adolescencia (Conani); el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS); y el Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis).

Conani

Se crea el Consejo para la Protección y Atención Integral a la Primera Infancia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, como organismo de consulta, opinión, orientación y recomendación de políticas sobre protección y atención integral a la primera infancia.

Este consejo, de acuerdo a la pieza, estará integrado por el o la ministro de la Presidencia o su representante, quien lo preside; el o la ministro de Salud Pública y Asistencia Social o su representante; el o la ministro (a) de Educación o su representante; el o la ministro (a) de Economía Planificación y Desarrollo o su representante; el o la directora (a) del Inaipi o su representante; y el o la director (a) del Conani o su representante. Entre otros miembros.

Inaipi

Se crea el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), como un organismo autónomo y descentralizado del Estado, provisto de personalidad jurídica, con autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Educación, encargado de brindar los servicios de atención integral a la primera infancia

El Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi) tendrá su sede en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional y jurisdicción en todo el territorio nacional.

Serían exonerados de impuestos a criollos

Los diputados aprobaron de urgencia el proyecto de ley que modifica la Ley 9-96, que libera de impuestos de importación los regalos que traigan al país los residentes en el extranjero a familiares y amigos que nos visiten para las fiestas de navidad y año nuevo. La ley que buscan modificar establece que ninguno de estos regalos deberá exceder en conjunto la suma equivalente a $1,000 dólares; no obstante, con la nueva normativa la exoneración tendrá el tope de $2,500 dólares. La iniciativa tiene como proponentes a los diputados perremeístas Ramón M. Ceballo y Kenia F Bidó Parra. El objetivo de esta legislación es liberar de todo tipo de impuestos de importación los regalos que traigan a familiares y amigos los residentes en el extranjero que lleguen a la República Dominicana para las fiestas de navidad y año nuevo. El artículo tres manda a modificar el artículo 324 de la Ley No. 168-21, para que diga: “Quedan exentos de pago de impuestos de importación aquellos objetos o artículos que traigan los dominicanos residentes en el extranjero al país y que no hayan ingresado al territorio nacional en los últimos seis meses y que dichos objetos o artículos no tengan fines comerciales”. El proyecto pasará al Senado.

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