El Poder Ejecutivo estableció una veda por dos años, en todo el territorio nacional, para la captura, pesca y comercialización de las familias de peces herbívoros arrecifales. 

La decisión, que está contenida en el decreto 281-23, establece, además, que solo será permitido la recolección de las especies de holotúridos para fines de investigación o estudio científico solo en proyectos autorizados por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Entre ellos están los peces loro, jabón, butú, cotorra, doctores, cirujanos, ángeles, mariposas, pepinos de mar y holoturias.

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El edicto destacó la prohibición permanente de la pesca de anguillidae (anguilarosatrata) en todas las etapas de su desarrollo (incluyendo las angulas) y de cualquier otra especie de fauna dentro de las unidades de Sistema Nacional de Áreas Protegidas y sus zonas de amortiguamiento.

También, prohíbe el uso, en todo el territorio nacional, de compresores de buceo para la pesca diurna o captura nocturna de especies acuáticas.

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