Sin remitir el histórico de cubicaciones y pagos hechos a los contratistas despojados de proyectos de hospitales, previo a la entrada en vigencia de una ley especial que les permitiría ampliar aumentar los presupuestos, el Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (Mived) niega tener deuda con las constructoras.
Pese a que en un documento remitido por la propia entidad, donde se describe la “relación de pagos y montos adeudados”, la institución gubernamental afirma que no está en “situación de deuda” con los contratistas a quienes le quitaron los contratos del hospital Vinicio Calventi, Octavia Gautier y Antonio Musa.

En respuesta a un reportaje publicado por elCaribe respecto a denuncias de irregularidades en la rescisión de contratos para la reconstrucción de hospitales cuyos presupuestos aumentaron en casi un 700%, dijo que las licitaciones para adjudicar los contratos a otras empresas no fueron de urgencia.

Niega haber entregado información falsa al notificar que los procesos de licitación estaban en curso, cuando en realidad, ya habían sido adjudicados a nuevos contratistas con montos diferentes a los que nos habían notificado.

Justificó la coincidencia de la rescisión de los contratos justo cuando se estaba aprobando la Ley 118-21 sobre terminación de obras viales, escuelas y hospitales que se encuentran suspendidos señalando que los actuales contratistas no calificaban para seguir con los proyectos por presuntamente violentar la ley.

“En el caso del Antonio Musa, el contrato se agotó antes de la promulgación de la Ley 118-21 y siguiendo la normativa vigente al agotarse un presupuesto se debe proceder a una licitación para el presupuesto adicional que se necesite para continuar o reactivar, como es en este caso, la construcción del Hospital”, refirió sobre el hospital que pasó de 294 millones a 2,333 millones de pesos.

Señala que el hecho de que la oferta económica del consorcio al que se le adjudicó el Musa superara el 10% permitido por ley al momento de la oferta económica “no implica un cambio o evasión de procedimiento de selección, dado que para la contratación de referencia se utilizó la modalidad de contratación de mayor envergadura”.

“La decisión de rescindir el contrato del Octavia Gautier fue tomada previa a la promulgación de la Ley 118-21, e incluso si la revisión del contrato y decisión hubieran sido realizadas luego de la promulgación de la Ley, el ex-contratista no habría sido beneficiado por la misma puesto a que en el caso del Gautier se encontró una deuda del contratista con el Estado”, dijo.

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