RD experimenta fragmentación en últimas dos décadas. Se crearon 149 distritos municipales, 37 municipios y una provincia

Desde su fundación, la capital de la República Dominicana ha sido objeto de cambios significativos y fraccionamientos en su estructura territorial, política y administrativa. Santo Domingo, Ciudad Trujillo, Santo Domingo de Guzmán y Distrito Nacional son solo algunos de los nombres asignados a esta privilegiada extensión territorial, sede del Gobierno Central, que a su vez concentra gran parte de los servicios públicos y de las inversiones.

Este 9 de octubre se cumplen 22 años de la promulgación de la Ley 163-01, que instauró un nuevo reordenamiento de la capital, el cual condujo a la creación de la provincia Santo Domingo y a la reducción de los límites de lo que hoy se conoce como Distrito Nacional.

Como efecto, algunas localidades elevaron su categoría, nacieron nuevos municipios y distritos municipales y por consiguiente nuevas plazas políticas.

Pero a dos décadas de la importante división de la capital, persisten algunas confusiones que se evidencian en la más llanas de las conversaciones, en publicaciones de prensa, en algunas facturas de servicios públicos, incluso en el certamen de belleza más importante de República Dominicana.

Una muestra de ello se vio en la celebración de Miss República Dominicana 2023, evento donde se observó desfilar a la representante de la provincia Santo Domingo con una banda que tenía inscrito el nombre “Santo Domingo de Guzmán”, como también se le llama al Distrito Nacional.

La Constitución dominicana, en su artículo 13, despeja cualquier duda al respecto. “La ciudad de Santo Domingo de Guzmán es el Distrito Nacional, capital de la República y asiento del Gobierno nacional”, reza.

Documentos especializados y urbanistas coinciden en que se le denomina Distrito Nacional a la parte urbana de Santo Domingo de Guzmán (no confundir con Santo Domingo), pero se parte de que la capital es urbana por completo, ambos términos representan lo mismo.

Con la creación de la provincia Santo Domingo, en 2001, los límites del Distrito Nacional, que en ese entonces abarcaba una porción territorial de 1,400 kilómetros cuadrados, quedaron reducidos a 91.5 kilómetros cuadrados con competencias limitadas a su demarcación.

Uno de los considerandos de la ley 163-01, propuesta por extinto diputado Tirso Mejía Ricart, precisa que “la ciudad de Santo Domingo, donde se encuentra la capital de la República, ha desbordado los límites establecidos en la Ley No.262, del 25 de noviembre de 1975, por lo que deben establecerse otros que tomen en consideración sus realidades actuales y una mayor diferenciación de sus usos para fines residenciales, industriales, comerciales y sociales, así como la protección de su medio ambiente”.

En las últimas dos décadas, algunas localidades circunscritas a la zona metropolitana y a otras demarcaciones del país experimentaron cambios y adquirieron jerarquía en el ámbito político administrativo.

Cuando se promulgó la Ley 163-01, en el 2001, el territorio nacional se encontraba dividido en 30 provincias, 121 municipios y 86 distritos municipales.

Ya para el 2021, 20 años más tarde, la conformación se orienta a un Distrito Nacional, 31 provincias, 157 municipios (hoy 158), 235 distritos municipales, 10,056 parajes, 2,914 barrios y 5,733 subbarrios.

Es decir, del 2001 a la fecha se crearon 149 distritos municipales, 37 municipios y una provincia. Con esa fecha como punto de partida, el período de mayor fragmentación ocurrió entre 2002 y 2010, lapso en el que se crearon 29 municipios y 132 distritos, además de 262 secciones y 270 parajes.

Para el 2015, el entonces director de la Oficina Nacional de Estadística (ONE), Pablo Tactuk, consideró preocupante la fragmentación geográfica del país.

En declaraciones públicas, destacó la inefectividad de la Ley 176-07 en detener las constantes segmentaciones.

“Al observar el resultado de la división político-territorial en República Dominicana para el 2015, debemos llamar la atención sobre las innumerables modificaciones realizadas en nuestro país en el transcurso de un tiempo relativamente corto”, sostuvo.

El GSD es más de lo que se cree

La capital de la República Dominicana fue la más segmentada. En 2005 se elevan a categoría de municipio, los distritos municipales: Los Alcarrizos y Pedro Brand, que pertenecían al municipio Santo Domingo Oeste, de la provincia Santo Domingo. De esta reconfiguración territorial hace ya 18 años, y todavía hay quienes no separan a Los Alcarrizos de Santo Domingo Oeste.

Con estos cambios, surgió un nuevo concepto: el Gran Santo Domingo. Aunque no tiene poder legal, el término es utilizado para referirse al Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, constituida por los municipios Santo Domingo Este, Santo Domingo Oeste, Santo Domingo Norte, Los Alcarrizos, Pedro Brand, San Antonio de Guerra y Bocha Chica.

Sin embargo, hay documentos oficiales que incluyen al municipio Los Bajos de Haina, perteneciente a la provincia de San Cristóbal. El concepto está claramente definido en el documento “Geo Santo Domingo perspectiva del medio ambiente urbano” . “El Gran Santo Domingo concentra y polariza el desarrollo económico de la nación, con la presencia en su territorio de la ciudad capital de Santo Domingo de Guzmán, convirtiéndose en el principal conglomerado urbano del país, cuyas modalidades de desarrollo urbano y ocupación territorial se han caracterizado por una rápida conurbación hacia provincias aledañas que nos permiten interpretar ésta región como una sola estructura territorial de carácter metropolitana”, señala el estudio.

¿Por qué se incluyó Los Bajos de Haina al GSD?

“Se incorporó por la dependencia que existe entre los que residen en Bajos de Haina y la provincia Santo Domingo, que es donde colinda. El nombre del Gran Santo Domingo es apropiado en la administración pública porque hay una serie de servicios y funcionalidad que ofrece la institución gubernamental o el sector privado a todo esa área”, sostiene el urbanista Erick Dorrejo. El arquitecto cree que hace falta que el GSD surja como un concepto legal para garantizar la eficiencia de los recursos y servicios en toda la zona metropolitana. “Desde que tú incorporas esa figura, no como política administrativa, no digo para generar un senador, no es para generar otro diputado, ni un alcalde mayor, que lo hay en algunas ciudades, en El Salvador hay un alcalde que es el alcalde del Gran Salvador, que es supra, pero no apuesto por nada de eso, yo apostaría por una figura que permita que algunos de los servicios gubernamental, que se necesitan manejar de manera metropolitana, asuman esa configuración territorial”, plantea.

Urbanista: hace falta una visión metropolitana

Para el urbanista, Erick Dorrejo la ausencia de una visión metropolitana o de “Gran Santo Domingo” ha impedido que muchos servicios puedan ser manejados de manera más eficiente. Destaca que la nueva Ley de Ordenamiento Territorial 368-22, incorpora instrumentos como planes especiales de impacto supramunicipales. “Si asumimos uno de estos planes para impulsar una planificación metropolitana del GSD, evidentemente ese mismo instrumento podría contribuir en comenzar a delimitar esto”, explica. “Si pensáramos el transporte a nivel del Gran Santo Domingo, no estuviéramos haciendo parches en municipios de la ciudad”, agrega.

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