Los jueces de la Suprema designaron a la magistrada Nancy Idelsa Salcedo Fernández como integrante del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).
Salcedo, quien es jueza de la Suprema Corte de Justicia y representa a sus pares ante el Consejo del Poder Judicial sustituirá en esa posición al juez Fran Soto, miembro de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.

La Suprema Corte de Justicia, presidida por el magistrado Luis Henry Molina Peña, conoció y aprobó la designación de Salcedo Fernández como integrante del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), quien también ocupará las funciones secretariales de ese órgano de acuerdo con lo prescrito por el artículo 5 de la Ley núm. 138-11 Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 21 de junio del año 2011.

Con la designación de la magistrada Salcedo se logra que por primera vez una mujer que pertenece a la carrera judicial forme parte del Consejo Nacional de la Magistratura.

Además, los jueces de la SCJ reconocieron la labor realizada por los magistrados Amadeo Modesto Julián Cedano y Víctor José Castellanos Estrella

Finjus dice urge se defina segunda mayoría en el Senado
A propósito del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), el vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, dijo que es impostergable que se defina la segunda mayoría partidaria en el Senado de la República.

“Debe recordarse que la representación de la segunda mayoría partidaria refiere a la minoría más representativa en cada una de las cámaras legislativas, lo que es fundamental para el propósito de la conformación del CNM”, dijo.

Manifestó que de acuerdo al mandato constitucional, el objeto de la segunda mayoría es lograr la presencia de miembros congresuales que, por oposición al partido o bloque de partidos a que pertenezcan los presidentes de las cámaras, equilibren y configuren de manera más acorde este órgano, de acuerdo al principio de representación democrática”.

Sostuvo que dada la naturaleza de las funciones que la Constitución le ha otorgado al CNM, su conformación debe darse apegada al orden democrático de consenso y alejado de arbitrariedad y discrecionalidad.

“A pesar de que el CNM responde a una naturaleza política, ese hecho no lo exime del deber de actuar con transparencia y responsabilidad, su conformación debe estar revestida de los principios inherentes de nuestro ordenamiento democrático y rectores del sistema de gobierno de la RD”, dijo.

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