El conflicto por las reservas y el cumplimiento de la cuota de género para las próximas elecciones congresuales, ya inició en el Partido Revolucionario Moderno (PRM) con el sometiendo de una demanda en reconocimiento de derechos políticos electorales ante el Tribunal Superior Electoral (TSE).

El recurso fue sometido por el actual diputado por San Cristóbal Dionisio De La Rosa, quien aspira a la misma posición por esa organización.

La problemática, tiene su origen previo a la celebración de las primarias del pasado seis de octubre, donde el PRM decidió que los actuales diputados que quisieran aspirar a la misma posición, no debían participar de las primarias y se acogieran a las reservas como método de elección de candidaturas, establecida en la Ley de Partidos.

Sin embargo el PRM, no tomó en consideración la obligatoriedad de inscribir al menos el 40 por ciento de mujeres por demarcación en las candidaturas plurinominales, tal como indica la Ley Electoral y la sentencia del TSE 085-2019.

La cuestión se agravó luego de las primarias, cuando en algunas circunscripciones electorales que tienen apenas dos diputaciones, salió electo un hombre y la otra posición que debe ser llenada por una mujer, ya estaba reservada para el diputado.

Podríamos ilustrar la situación con varios ejemplos. En las provincias Hato Mayor, El Seibo y Montecristi (que solo se eligen dos diputados), actualmente están representadas en el PRM por hombres. Ronald Sánchez, Jean Luis Rodríguez y Bernardo Alemán, respectivamente. Estos tres previamente reservados.

Sin embargo, en las primarias de octubre esas tres posiciones fueron ganadas por hombres, por lo que de acuerdo a la Ley, la jurisprudencia y la resolución de la JCE, la otra debe ser llenada por una mujer.

Situación similar se presentó en la circunscripción 1 de San Cristóbal, representada por de la Rosa, que elige cuatro diputados. En las mismas primarias resultaron ganadores dos hombres, por lo que las otras dos posiciones deben ser ocupadas por mujeres.

JCE reglamentó la distribución

En la resolución 28-2019, emitida por la JCE el pasado 5 de noviembre, que dispone el cumplimiento de la cuota de género en las candidaturas plurinominales, el órgano comicial establece claramente cómo los partidos deben hacer la distribución. Para las candidaturas de diputaciones, si hay 2 representantes, la distribución es 1 y 1; si son 3, son 1 y 2; si son 4, es 2 y 2; si hay 5 representantes 2 y 3. En cambio, si hay 6, la distribución equilibrada es 2 y 4; si son 7 representantes, es 3 y 4. Si son 8, la división es de 3 y 5; de 9, la cuota indicada es 4 y 5 y si son 11, el reparto debe ser 4 y 7.

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