El Tribunal Constitucional (TC) dejó ayer en estado de fallo seis acciones directas de inconstitucionalidad, entre las que se encuentran una interpuesta por personas con discapacidad por supuesta discriminación para ser elegidos a cargo popular.
La Unión de Abogados con Discapacidad y Afines (UNADIS) y el Movimiento Igualdad, Federación de Organizaciones Sin Fines de Lucro (FEDOSIFLU) solicitaron que el artículo 54 de la Ley núm. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Político sea declarado no conforme con la Constitución, ya que indicaron es contradictorio al artículo 39 y 59 de la misma.

Los accionantes indicaron que el artículo 54 de la Ley núm. 33-18 establece la cuota de la juventud de un 10 por ciento, pero que no se le da espacio a las personas con discapacidad lo que constituye una discriminación.

“Donde se eligen más de dos personas debe la minoría estar representada y en función de lo que establece el artículo 39 de la Constitución de igualdad para todos”, indicó uno de los abogados durante el conocimiento del expediente, que el TC declaró de urgencia.

Sostuvo que se “nos sentimos discriminados en el sentido de que no hemos sido incluidos en nuestra participación en las elecciones del 2020”.

Otros recursos

Mientras que el presidente del TC, Milton Ray Guevara, durante la audiencia pública dejó en estado de fallo otras cinco acciones.

Estas son el expediente TC-01-2019-0040, en el cual Juan Castillo Peña cuestionó al Senado y a la Cámara de Diputados la omisión por dilación en la evaluación y designación de ternas para la elección del defensor del pueblo.

El expediente TC-01-2019-0042 en el que Germán A. Ramírez atacó el artículo 7 de la Ley número 136-11, de 2011 para la Elección de Diputados y Diputadas en el Exterior, y el párrafo 2 del artículo 6 del Reglamento de la Junta Central Electoral, sobre la Elección de los Diputados y Diputadas representantes de la Comunidad Dominicana en el Exterior, 2011.

En torno al expediente TC-01-2019-0034 el accionante Bienvenido Medina Pérez, quien no compareció, atacó el artículo transitorio vigésimo de la Constitución proclamada el 2015. Fredermido Ferreras Díaz figuró como interviniente voluntario y estuvo ausente.

Otros expedientes fueorn el TC-01-2019-0039 y el TC-01-2019-0041 en los que Dominican Race Events, S.R.L. atacó los artículos 41, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 50 y 57, numeral, 4 del Reglamento número 04-10 de 2010

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