La difamación no conllevará prisión en el proyecto de Código Penal

La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados excluirá la pena de prisión para los delitos de difamación e injuria del  proyecto de reforma del Código Penal.

La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados excluirá la pena de prisión para los delitos de difamación e injuria del  proyecto de reforma del Código Penal.Así lo informó el diputado y presidente de esa comisión, Demóstenes Martínez, quien calificó de inconstitucional que una persona tenga que ir a la cárcel porque cometa delitos de difamación e injuria.

Entrevistado en el programa Esferas de Poder, que se transmite por Santo Domingo TV, el legislador expresó a los directores de medios de comunicación que las penas por difamación serán de imposición de multas y no de prisión.

“En el informe que presenta la Comisión de Justicia, la prisión por difamación e injuria desaparece, esto lo hacemos para que los directores de los medios sepan que el informe contiene estas disposiciones ya, y que solamente habrá multas, no prisión”, argumentó.

Las multas por la injuria van de uno a tres salarios mínimos y las de difamación podrían acarrear de cuatro a diez salarios mínimos.

Martínez manifestó que esto podría satisfacer, en gran medida, el recurso de inconstitucionalidad contra la prisión por difamación e injuria que han elevado por ante el Tribunal Constitucional los directores de los periódicos Listín Diario, Miguel Franjul; de elCaribe, Osvaldo Santana, y de El Día, Rafael Molina Morillo.

Consideró legítima las preocupaciones de directores de medios de comunicación, porque en materia penal cada uno es responsable de sus hechos.

“Un director de un medio no puede pagar la culpa de un periodista que trabaje en ese medio, porque eso es inconstitucional, en materia penal es individualizada la responsabilidad de cada quien sobre esos hechos”, adelantó.

El legislador entiende que va a tener ganancia de causa la petición que han hecho directores de medios en la República Dominicana. Precisó que en el proyecto de Código Penal se ha incluido la responsabilidad moral o jurídica, que no ha existido en esa norma en más de 120 años de historia. “La responsabilidad moral significa que penalmente podrá ser responsable un medio de comunicación, no así el director”, acotó.

Martínez dijo que al proyecto de Código Civil se le han incorporado modificaciones sustanciales, tanto en el régimen de patrimonio, como en el familiar.

Citó que hay un nuevo régimen de divorcio y nuevas causas para que se pueda producir una ruptura matrimonial.

A partir de esa reforma, el hombre podrá adquirir el apellido de la mujer, si así lo desea, cambiando la modalidad de que solo ésta lleva el apellido del esposo, cuando son casados.

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