La jueza del Tribunal Constitucional Katia Miguelina Jiménez Martínez, dijo este miércoles que no tiene que renunciar del Poder Judicial para que se acepte como válida su condición de jueza de la alta corte, ya que la ley orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura dice que los servidores públicos elegidos como miembros del TC, pueden reincorporarse a sus funciones una vez cese su periodo.
Aquí la comunicación íntegra enviada a este diario por la magistrada Jiménez, a través del departamento de comunicaciones de la alta corte :
1. En fecha 16 de noviembre del 2012 en su condición de jueza de carrera en cese temporal de funciones, fue convocada para ser evaluada en su desempeño correspondiente al año 2011, por la Dirección para Asuntos de la Carrera Judicial, organismo que depende del Consejo del Poder Judicial, todo lo cual se materializó el pasado 23 de enero (copia anexa).
2. La Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura dispone lo siguiente: “Candidatos pertenecientes al servicio público. Si al momento de designar uno o más jueces del Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura lo (s) seleccionare de candidatos pertenecientes al servicio público, los mismos cesan temporalmente en sus funciones, a las cuales podrán reincorporarse una vez cumplido su período en este Tribunal.
Párrafo.- El tiempo de servicio en el Tribunal Constitucional será computable exclusivamente para los fines de retiro y pensión en sus respectivas carreras del servicio Público”. Al momento de su designación ostentaba el cargo de jueza de la Corte de Apelación Penal del D.N., con 14 años en el tren judicial.
3. Que no ejerce ningún otro cargo público ni privado remunerado y al estar en cese temporal de funciones la hoy juez del Tribunal Constitucional no tiene que renunciar, por lo que considera absurda la reacción de la jueza Muñiz Almonte ante un procedimiento evaluativo, que como ella misma dice en su carta, se realiza anualmente a todos los jueces de carrera y que ya se había hecho con el magistrado Hermógenes Acosta, también juez del Tribunal Constitucional.
4. La magistrada Jiménez, aprovechapara invitar a la quejosa jueza Muñiz Almonte a dirigirse por ante las autoridades correspondientes, o sea, el Consejo del Poder Judicial, órgano de Gobierno de los jueces, al que ella en su misiva acusa de violar la normativa vigente por haberla convocado a evaluación, por lo que si cabe hablar de falta de ética, tal cosa no le es atribuible a quien sólo ha obtemperado el llamado que se le hizo.
5. Deseamos hacer público nuestro pesar ante la obstinación de la jueza Muñiz Almonte, sobre todo cuando para emitir su opinión personal sobre el asunto hace uso de fojas con el timbre de la institución a la que pertenece, se dirige a un órgano totalmente ajeno a la cuestión, como lo es el Tribunal Constitucional y en las que con osada ligereza ha pretendido insultar a una colega, quetemporalmente pertenece a una de las Altas Cortes de la Nación.
