Límites a los cargos en las tarjetas de crédito

Ha sido una práctica constante de las entidades de intermediación financiera, el hecho de incluir planes adicionales en las tarjetas de créditos de los clientes, sin que estos los hayan autorizado.

Ha sido una práctica constante de las entidades de intermediación financiera, el hecho de incluir planes adicionales en las tarjetas de créditos de los clientes, sin que estos los hayan autorizado.Esta situación ha generado muchas controversias entre los tarjetahabientes y las entidades emisoras de las tarjetas, con cuantiosa pérdida de dinero a los clientes que no reclaman o no se dan cuenta, porque no reciben los estados de cuentas.

La buena noticia es que en la resolución que aprobó la Junta Monetaria en fecha 7 de febrero del año 2013, establece un límite a esta práctica. En ese sentido, en el artículo No. 26 de la referida disposición, se describen cuáles son los cargos que los emisores de las tarjetas están autorizados a cobrar. En este contexto, en este apartado se establece lo siguiente: “Los diferentes cargos que podrán ser cobrados al tarjetahabiente titular por la entidad emisora de tarjetas de crédito son los siguientes: cargo por emisión, renovación, reemplazo por deterioro de plástico y cargo por cobertura de seguro por pérdida, robo o falsificación. Se expresa en monto fijo, en moneda nacional o extranjera”.

Los cargos sobre los servicios adicionales que ofrecen los emisores de las tarjetas, solo son válidos cuando han sido autorizados por los tarjetahabientes. En tal virtud, en el párrafo único del artículo in comento se describe que: “Cuando la entidad emisora de tarjetas de crédito promueva servicios adicionales, deberá consultar al titular de la tarjeta de crédito si acepta esos servicios, y una vez obtenga su consentimiento podrá hacer el cargo a la tarjeta de crédito por dicho concepto. El silencio del titular no podrá tomarse como aceptación tácita”.

En síntesis, colegimos que la aplicabilidad de lo postulado en este reglamento viene a potenciar las garantías y los derechos de los consumidores de servicios financieros, lo cual implica un importante paso de avance partiendo del hecho de que en muchas ocasiones por diversas razones, los usuarios no se dan cuenta de la cantidad de cargos que las instituciones emisora de las tarjetas les cobran. La buena noticia es que por estos cargos, aún los clientes los hayan pagado, tienen el derecho de realizar una reclamación.

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