TC se reserva fallo contra decreto 327-13

El pleno del Tribunal Constitucional se reservó ayer el fallo de una acción de inconstitucionalidad interpuesta por cuatro abogados, contra el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en Situación Migratoria Irregular, instituido mediante el&#82

El pleno del Tribunal Constitucional se reservó ayer el fallo de una acción de inconstitucionalidad interpuesta por cuatro abogados, contra el Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en Situación Migratoria Irregular, instituido mediante el decreto 327-13.El TC, presidido por su titular, Milton Ray Guevara, dio un plazo de cinco días calendario a las partes para que depositen las conclusiones ampliatorias de sus pedimentos.

Previo al anuncio de la decisión, José Miguel Castillo Pantaleón, de parte de los accionantes, puso en entredicho la calidad en el proceso y la falta de objeto del abogado Nassef Perdomo, interviniente en representación del Centro Bonó, y se quejó porque no se les notificó la solicitud de inadmisión del recurso por el Ministerio Público.

Ante estos alegatos, el presidente del TC, aclaró que ese organismo no acostumbra a notificar a los demandantes las conclusiones del Ministerio Público, pero que para preservar la salud del proceso otorgaría un plazo para que cada una de las partes pueda fundamentar su pedimento.

Juan Miguel Castillo Pantaleón, Juan Miguel Castillo Roldán, Cristina Aguiar, Leila Roldán y José Miguel Vásquez, expresan en la instancia interpuesta que el decreto presidencial  327-13 viola varios artículos de la Constitución de la República y además se coloca por encima de la ley General de Migración.

Contra la ley de Naturalización

A su salida de la audiencia, Castillo Pantaleón, también criticó la Ley especial de Naturalización que ayer fue promulgada por el Ejecutivo para beneficiar a los afectados por la sentencia 168-13 del TC.

El jurista dijo que en su momento advirtió a senadores y diputados sobre algunas falencias de la legislación pero que debido a la “urgencia política” fueron obviadas.

Adujo que el texto contiene una parte que puede interpretarse en un sentido inconstitucional, y otras debilidades que no alcanzan el texto pero que pudieran resultar perniciosas en su interpretación si no se hace de modo apropiado.
Agregó que cualquier acción que se intente contra esa ley debe ser muy bien pensada para no actuar con histerismos ni extremismos “este país no necesita eso”. Dijo que en sentido general la ley es buena y en sus considerandos reivindica la sentencia 168-13.

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