TSE declara nulas las dos reuniones del PRI

Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró este viernes nulas con todas sus consecuencias legales, las dos  reuniones del Comité Central Directivo (CCD) del Partido Revolucionario Independiente (PRI), celebradas el 16 de junio de 2013,&#8

Los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró este viernes nulas con todas sus consecuencias legales, las dos  reuniones del Comité Central Directivo (CCD) del Partido Revolucionario Independiente (PRI), celebradas el 16 de junio de 2013, por separado, por Julio E. Jiménez Peña  y Trajano Santana.

El alto tribunal también anuló todas las actuaciones posteriores y que son consecuencia de las referidas reuniones. 

“Que en virtud de las nulidades decretadas previamente por este Tribunal, es oportuno señalar que las autoridades del Partido Revolucionario Independiente (PRI), tienen que proceder a convocar nuevamente a los organismos respectivos, a los fines de agotar los trámites necesarios para la realización de la Convención Nacional Ordinaria que debe producir la renovación de las autoridades de dicha organización política para el periodo correspondiente”, ordena el TSE en su sentencia.

Los jueces entienden que la Comisión Política del Partido Revolucionario Independiente (PRI), en su reunión del 21 de abril de 2013, al momento de aprobar la resolución convocando a la reunión del Comité Central Directivo (CCD) para el 16 de junio de 2013, estaba en la obligación de señalar el lugar y la hora de la convocatoria, así como determinar la agenda que sería agotada en la misma, lo cual no hizo; por tanto, en esas condiciones nadie, a excepción de la propia Comisión Política del Comité Central Directivo, debidamente convocada, estaba facultado para fijar el lugar, hora y agenda de dicha reunión, como hicieron los accionantes y accionados.

“Que en virtud de los motivos dados precedentemente, resulta ostensible que las dos  reuniones del Comité Central Directivo del Partido Revolucionario Independiente (PRI), celebradas el 16 de junio de 2013, están afectadas de nulidad, en razón de que en la convocatoria para dichas reuniones, la cual se produjo mediante resolución de la Comisión Política de dicho partido del 21 de abril de 2013, no se indicó el lugar, la hora ni la agenda de la referida reunión”, explican los jueces.

El TSE estaba apoderado de dos demandas en validación y nulidad de la reunión del Comité Central Directivo (CCD), celebrada el 16 de junio del año 2013,  incoada por  Julio E. Jiménez Peña y compartes  y Trajano Santana y compartes, respectivamente.  Ambas demandas en validación fueron declaradas inadmisibles y las de nulidad acogidas, ambas, parcialmente.   

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas