TSE rechaza una demanda del PRD y someten otra

  El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó ayer la solicitud de suspensión de las resoluciones adoptadas por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PRD en su reunión del 1 de agosto del pasado año. Mientras, dirigentes del Partido…

  El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó ayer la solicitud de suspensión de las resoluciones adoptadas por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PRD en su reunión del 1 de agosto del pasado año.

 Mientras, dirigentes del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) sometieron otra demanda en nulidad de la convocatoria y decisiones adoptadas en la Comisión Política del Comité Ejecutivo Nacional del pasado 17 de diciembre.

Solicitan de manera cautelar que se suspenda las resoluciones tomadas en la referida reunión entre ellas: delegar en la Comisión Organizadora de la Convención la elaboración, aprobación, ejecución y aplicación del reglamento de la XXX Convención Nacional ordinaria y otorgar poderes especiales a dicha comisión para establecer o ampliar plazos, adecuar, ampliar o modificar el cronograma de la convención.

 La instancia fue elevada por Eligio Jáquez y compartes contra Miguel Vargas Maldonado.

Alegan que la celebración de la referida reunión, sin ser convocados, lesiona sus derechos estatuarios y constitucionales de participación.

Tribunal rechaza medida  
En tanto, el TSE se reservó el fallo del fondo de la demanda de nulidad de la reunión del 1 de agosto, dando un plazo de cinco días a las partes para depósito de escritos ampliatorios de sus conclusiones. La parte demandante pedía una medida cautelar que suspendiera las resoluciones del CEN de manera inmediata, lo cual fue rechazado por el TSE.

En su reunión del 1 de agosto pasado el CEN, convocada por Vargas Maldonado y celebrada en el coliseo de boxeo Carlos – Teo- Cruz,  adoptó entre otras decisiones: aprobar la fecha de celebración de la XXX Convención Nacional ordinaria; delegar en la Comisión Política la creación de la Comisión Nacional Organizadora de la Convención y aprobar el reglamento y el cronograma del proceso electivo de las autoridades perredeístas en los niveles nacional, municipal, de frentes de masas y seccionales del exterior.

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