El Pleno de la Suprema Corte de Justicia rechazó ayer los recursos de oposición que presentaron la Procuraduría General de la República y dos de los imputados del caso Odebrecht a la resolución que declina el proceso a la Segunda Sala del alto tribunal, en el caso de Tommy Galán, y a primera instancia para el resto de los acusados

Con esta decisión el proceso queda a la espera de que el expediente sea enviado ante la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia para el conocimiento del juicio.

El Pleno emitió la resolución 00235/2020, que rechaza los recursos de oposición parciales presentados por la Procuraduría General de la República y los imputados Conrado Enrique Pittaluga Arzeno y Porfirio Andrés Bautista García.

En su decisión, el Pleno reafirmó la facultad excepcional de la Suprema para conocer, únicamente, las causas penales seguidas a los funcionarios mencionados en el artículo 154 de la Constitución, por lo que, bajo el amparo del derecho al juez natural y el derecho al doble grado de jurisdicción, ratificó la decisión de enviar a la Presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional a los imputados Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Andrés Bautista, Roberto Rodríguez y Conrado Pittaluga, para que les sea designado un tribunal colegiado que conozca el juicio.

El tribunal también ratificó la decisión de enviar al senador Tommy Galán a la Segunda Sala de la SCJ.

El alto tribunal también reafirmó su decisión en el sentido de que permanecen válidos todos los actos cumplidos con anterioridad a la resolución 004-2020, de fecha 28 de enero de 2020, entre ellos, el auto de apertura a juicio dictado por el juez de la Instrucción Especial Francisco Ortega Polanco.

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