Pruebas para detectar COVID-19 no podrán ser importadas ni comercializadas sin autorización

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) anunció este martes que a partir del primero de febrero no serán permitidas  las importaciones y comercialización de pruebas para detectar el COVID-19 sin autorización.

El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) anunció este martes que a partir del primero de febrero no serán permitidas  las importaciones y comercialización de pruebas para detectar el COVID-19.

La entidad indicó que las pruebas para ser importadas deben contar con una certificación de Registro Sanitario como lo establece 42-01 y el reglamento 246-06.

Le recomendamos leer: 

Ministerio de Salud Pública aprueba primera vacuna contra el COVID-19 en RD

Continúan en aumento ocupación hospitalaria por COVID-19; Salud Pública no reporta muertos en las últimas 24 horas

“La importación y comercialización, así como el uso de la prueba rápida de detección de anticuerpos IgG/IgM del Covid-19 en cualquiera de sus presentaciones, deberá contar con la debida aprobación del Ministerio de Salud Pública, a través de la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS) mediante la Certificación de Registro Sanitario obligatorio”, explicó mediante un comunicado colgado en su cuenta de Twitter.

Precisó que desde de este martes 5 de enero y hasta  el primero de febrero solo será autorizada una última importación para una cantidad máxima de cinco mil (5,000) cajas por distribuidor que se encuentre debidamente registrado ante la DIGEMAPS.

Posted in Destacado, SaludEtiquetas

Más de destacado

Más leídas de destacado

Las Más leídas