Si quieres saber si la Digesett puede detener vehículos por una infracción de tránsito el Abogado Iván Chevalier nos habla sobre el tema. 

Este tema tomó mucha fuerza con la sentencia No. 0021/15, del Tribunal Constitucional, y sinos remontamos a años anteriores, recordaremos que la Digesett antes Amet,pretendía retener vehículos por la no renovación del marbete.

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El Tribunal Constitucional en la sentencia antes indicada procedió a declarar inadmisible, la acción directa de inconstitucionalidad incoada a un ciudadano, contra los artículos 27, 47, 65 y 92de la entonces vigente Ley núm. 241, la cual actualmente se encuentra modificada por la ley No. 63-17.

Sin embargo, valiéndose de una técnica argumentativa, dicho tribunal aprovechó para analizar algunas disposiciones de la anterior ley de tránsito, como por ejemplo la relacionada al procedimiento a ser llevado por las autoridades respecto a la movilización de vehículos estacionados en lugares prohibidos.

Y este explica que lo primero que procede son las diligencias de localización del conductor para que movilice su vehículo.

Agrega que en caso de que nadie se presente, las autoridades podrán remover el vehículo a un lugar visible desde el punto de remoción y hábil para estacionar…. Procedimiento el cual no es llevado a cabo en la actualidad por los agentes de la Digesett.

Si quieres saber más continúa viendo el video…

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