La Asociación Nacional de Sordos de la República Dominicana interpuso una acción directa de inconstitucional por omisión legislativa ante lo que han denominado negligencia por parte del Congreso Nacional para aprobar una ley que regule la lengua de señas.

La acción fue conocida ayer por el Tribunal Constitucional, que la dejó en estado de fallo, durante una vista pública celebrada en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, con la que la alta corte reanudó la celebración presencial de sus audiencias.

De acuerdo a lo explicado la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad obliga a los Estados partes, como lo es la República Dominicana, a adoptar medidas legislativas que reconozcan la lengua de señas y la cultura de la comunidad sorda.

Es importante Congreso apruebe ley

En ese sentido, la Asociación Nacional de Sordos presentó la acción directa de inconstitucionalidad por omisión legislativa al inobservar los artículos 26, 39 numeral 3 y 64 numeral 2 de la Constitución y el artículo 30 numeral 4 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El expediente se marcó como TC-01-2021-0025.

Para la asociación es importante que el Congreso apruebe el proyecto de ley que regule el lengua de señas para con esto mejorar el estilo de vida de las personas sordas, ya que, indicó no se están cumpliendo con sus derechos ciudadanos y se enfrentan a muchas barreras.

Explicó que en el país hay alrededor de 80 mil personas sordas y que el 60 por ciento nunca han tenido la oportunidad de estudiar o tener un empleo. “Necesitamos acceso a la comunicación, necesitamos que reconózcanla nuestra lengua natural, no tenemos igualdad de oportunidades”, manifestó la entidad que agrupa a los sordos.

Demás acciones dejadas en estado de fallo

El Tribunal Constitucional, además, dejó ayer en estado de fallo otros cuatro expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, en la sesión que encabezó el magistrado presidente Milton Ray Guevara, y que atacan el cumplimiento del el artículo 177 de la Constitución, las leyes de movilidad vial y de eficiencia Recaudatoria, además las resoluciones sobre escalafón judicial.

Posted in Destacado, Justicia

Más de destacado

Más leídas de destacado

Las Más leídas