Excesos de la AMET

En el proceso de la aplicación de la ley 63-17, la población verá incrementarse el comportamiento excesivo de los miembros de la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET) o su versión de futuro: Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).

En el proceso de la aplicación de la ley 63-17, la población verá incrementarse el comportamiento excesivo de los miembros de la Autoridad Metropolitana del Transporte (AMET) o su versión de futuro: Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).

Mientras tanto, predomina cualquier procedimiento, pero siempre mediado por los abusos. Su propensión a secuestrar vehículos la justifica recurriendo al artículo 189 de la nueva ley, mediante una aplicación extensiva, cuando el mismo está referido a actos prohibidos al conducir un vehículo de motor o tirar de un remolque por las vías públicas sin la autorización
correspondiente de la DGII.

Si bien la ley autoriza a la AMET o DIGESETT a retener o remolcar los vehículos de los violadores de la ley, también prevé que “en el caso de que la violación pueda ser corregida en el lugar donde se levante la infracción, una vez enmendada la situación no dará lugar al remolque del vehículo”. De modo que necesariamente los agentes no tienen que retener o llevarse el bien ajeno.

Pero además, los agentes de la AMET están recurriendo al artículo 189 de la ley 63-17 para abusar de la ciudadanía, y se incautan de vehículos simplemente por estacionar en “lugares prohibidos”. Según la previsión del art. 237 (lugares prohibidos para estacionar o detener un vehículo) la sanción prevista será “el pago de una multa equivalente de uno (1) a tres (3) salarios mínimos que impere en el sector público centralizado y la reducción de los puntos de la licencia de conducir que determine el reglamento correspondiente”.

¿Qué hace la AMET? Sin previo aviso al usuario del vehículo, lo remolca a lugar desconocido, simplemente. Cuando el afectado descubre que el mismo no está, sólo atina a pensar que lo han robado, lo habitual en un país en el que impera la inseguridad.
Entonces inicia la búsqueda para determinar el destino del aparato. Si el afectado tiene “relaciones”, un oficial de la AMET podría decir hasta dónde lo remolcaron. Empieza la odisea
para encontrarlo y rescatarlo.

La ley es precisa en los casos en que la autoridad puede retener o remolcar el aparato. No puede proceder arbitrariamente. Eso es exceso y abuso de poder.

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