Sería un paso de avance contar con una ley de extinción de dominio para incautar bienes provenientes del narcotráfico y del lavado de activos.

El concepto de la ley parece loable para combatir el crimen organizado, pero a pesar de su larga permanencia en las cámaras legislativas lo recomendable es no precipitar su conocimiento.
La aparente paradoja se justifica en que el proyecto arrastra sus problemas, que radican en la forma como se vaya regular y su ejecución.

Por esa precaución coincidimos con lo expresado la semana pasada por el doctor Marino Vinicio –Vincho- Castillo durante su comparecencia en la Entrevista Almuerzo de elCaribe y CDN.
Dice el doctor Castillo que mal utilizada vulneraría derechos, y podría usarse como arma de intereses de particulares, incluso políticos.

Y le añade el jurista las dificultades procesales que arrastraría porque no hay garantías a derechos fundamentales como la presunción de inocencia, al que se llevan de encuentro al apoderarse del patrimonio.

Precisamente, sobre el peligro de que sus objetivos esenciales podrían mal utilizarse o desnaturalizarse, coinciden entendidos en la materia que también advierten, por ejemplo, que para la mayoría de los casos la legislación establece que la extinción de dominio se puede dar a nivel administrativo, sin intervención judicial.

Pero también se revierte la carga de la prueba; o sea que le corresponde al investigado demostrar que sus bienes no son producto de un ilícito.

Otro reparo que hacen los conocedores de la materia es que, si después de aplicada la medida se demuestra que fue errónea, en la mayoría de las legislaciones no existe la obligación de restituir los bienes, sino de indemnizar su valor.

Es que este tipo de legislación, sostienen, es un arma muy poderosa que mal aplicada podría ser perfecta para la persecución política y fácilmente quebraría a cualquier grupo económico si se ejecutara indiscriminadamente, sin un verdadero fundamento.

En definitiva, hay que ponderar mucho más, con mayor dimensión y visión todo acerca de la extinción de dominio porque, como acertadamente refiere el doctor Castillo, sería un lujo disponer de esa ley, pero generaría demasiadas tentaciones.

Posted in Editorial

Más de opiniones

Más leídas de opiniones

Las Más leídas