La regulación del trabajo doméstico en la República Dominicana, y sus mecanismos de formalización que entrarán en vigencia en los próximos tres meses, chocarán de frente con una serie de complejidades propias de su naturaleza.

La población inmigrante que ofrece este tipo de servicio en el país, muchas veces sin documentación, es uno de los desafíos a enfrentar.

Previo a la pandemia, la Encuesta Nacional Continua de Fuerza de Trabajo reportó unas 15,854 personas inmigrantes en el sector servicio doméstico al último trimestre del 2019. La cantidad representa el 6.1% del total de personas ocupadas en servicio doméstico a escala nacional, que para esa fecha era de 260,620.

Conforme al lugar de nacimiento, del total de 15,064 inmigrantes que laboraban en trabajo doméstico remunerado, el 95% es de nacionalidad haitiana. Según el sexo, 13,988 son mujeres y 1,076 son hombres.
La cifra de 15,854 personas inmigrantes en el sector servicio doméstico, representa el 5.2% de la ocupación total de inmigrantes a escala nacional para dicho periodo.

Las dificultades que pasan las mujeres que migran en busca de oportunidades laborales están documentadas en el informe “Trabajadoras remuneradas del hogar en América Latina y el Caribe frente a la crisis del covid-19”

Entre las principales razones por las que se marchan de sus países de origen figuran la pobreza, la falta de empleos, la violencia y las distintas manifestaciones de la desigualdad de género.

El documento destaca que muchas de esas mujeres encuentran empleo como trabajadoras domésticas remuneradas en el país de destino. Y aunque esto les permite acceder a un empleo remunerado relativamente rápido, por otro lado, les impide desarrollar un proyecto de movilidad ocupacional debido a que carecen de redes de apoyo, indica. También se enfrentan al estigma que supone para su historial ocupacional el haberse insertado en esa actividad laboral. “En diversos países de América Latina las necesidades de cuidado que no quedan cubiertas por las políticas nacionales ni por la mano de obra local son suplidas por las mujeres inmigrantes”, afirma.

Precisa que la migración intrarregional para el cuidado ha ido en aumento desde finales del siglo XX, una expresión del carácter mutuamente complementario de los mercados de trabajo de los países de origen y destino.

¿Qué dice el convenio sobre los inmigrantes?

El Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre los trabajadores domésticos, vinculante a la República Dominicana, ordena que todo miembro deberá especificar, mediante la legislación u otras medidas, las condiciones según las cuales los trabajadores domésticos migrantes tienen derecho a la repatriación tras la expiración o terminación del contrato de trabajo en virtud del cual fueron empleados. Agrega que “en la legislación nacional se deberá disponer que los trabajadores domésticos migrantes contratados reciban por escrito una oferta de empleo o un contrato de trabajo que sea ejecutorio en el país donde los trabajadores prestarán servicio, que incluyan las condiciones de empleo señaladas en el artículo 7, antes de cruzar las fronteras nacionales” .

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