El impasse, que duró meses, se produjo por el cierre de los tribunales y la implementación de la virtualidad

Las consecuencias de la COVID-19 en el sistema judicial dominicano fueron más allá del cierre de los tribunales y la aplicación de la virtualidad, la pandemia creó un conflicto entre los actores del sistema, a tal punto que organizaciones de abogados sometieron al presidente del Consejo del Poder Judicial.

Este año 2020 fue atípico en todos los sentidos. En marzo se cerraron parcialmente todos los tribunales del país, y además, se aceleró la implementación de medidas tecnológicas que se tenía pautadas para aplicarse más adelante.

El conocimiento solamente de audiencias de manera virtual, la virtualización de los procesos y la paralización de los plazos procesales, hizo que el Colegio de Abogados y otras organizaciones de juristas protestaran, durante meses, para que se abrieran presencialmente los tribunales.

Fueron muchas las manifestaciones que los togados realizaron en los diferentes departamentos judiciales del país y en la sede de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) advirtiendo que “la justicia está secuestrada” y que las disposiciones del Consejo del Poder Judicial del “cierre desproporcionado y los planes de virtualizar el sistema casi en su totalidad” eran violatorias a los derechos fundamentales.

En octubre, el Colegio de Abogados presentó una querella contra el presidente del Consejo del Poder Judicial y de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Luis Henry Molina, por supuestamente incurrir en prevaricación, usurpación de funciones, denegación de justicia, abuso de poder y coalición de funcionarios.

Otro sometimiento contra Molina

Pero este no fue el único sometimiento contra Molina, también el movimiento la Voz del Abogado depositó, a mediados de noviembre, ante la Procuraduría General de la República una denuncia para que se investigue si el magistrado tiene algún beneficio con la implementación del programa de virtualidad que se usa en las audiencias.
De su lado, Molina ha dicho, en reiteradas ocasiones en artículos publicados en su blog personal, que la operatividad electrónica en la justicia no altera las reglas procesales legales ni tampoco vulnera los derechos de las partes. Considera que la virtualidad facilita que puedan celebrarse audiencias al margen del riesgo de contagio y prepara al sistema y los actuantes en justicia para poder estar a la altura de los tiempos actuales. Otra organización que se pronunció fue la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), la cual manifestó que la virtualidad estaba generando debilidades que impedían el desarrollo normal del sistema de justicia. Indicó, en agosto pasado, que las resoluciones del Consejo del Poder Judicial sobre el manejo de las audiencias virtuales crearon dificultades operativas que lesionan el acceso oportuno y directo a la justicia.

En ese trajín, los plazos procesales fueron retomados y los tribunales fueron abriendo poco a poco, pero no en su totalidad.

El conflicto también llegó ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) que, en octubre, ordenó la reapertura de los tribunales y la prestación del servicio de manera presencial en todas las sedes del Poder Judicial. Sin embargo, el Consejo del Poder Judicial sostuvo que ya había dispuesto la apertura de las sedes que contaban con la infraestructura para mantener el distanciamiento físico, por lo que, dijo, el acta sobre la que se sustenta la sentencia del TSA quedó sin efecto porque ya existía otra resolución estableciendo la apertura de 146 sedes a nivel nacional.
Ante esto, el Consejo del Poder Judicial dispuso que para completar la apertura de todas las sedes a nivel nacional, los 45 juzgados de paz que se encontraban recibiendo sus procesos judiciales en otras sedes del mismo distrito judicial fueron habilitados para atención presencial. Pero, no se quedó solo así e interpuso un recurso de revisión e interpuso una demanda en suspensión ante el Tribunal Constitucional.
Actualmente ya se están celebrando audiencias presenciales, con ciertas medidas de precaución, y las audiencias y servicios virtuales se mantienen como una opción, no obligatoria. Eso sí, el Poder Judicial ha dicho que “la virtualidad en el sistema judicial dominicano llegó para quedarse”.

Cierre de las cárceles y la prisión preventiva

Este año, la COVID-19 también hizo que se aplicaran ciertas restricciones en los centros de privación de libertad del país. Casi un dos por ciento de la población penitenciaria, que asciende a 27 mil presos, se contagió de la COVID-19, siendo la Penitenciara Nacional de La Victoria, un recinto sobrepoblado y hacinado, la más afectada del país. El último dato sobre fallecimientos de reclusos a causa de esta enfermedad fue de alrededor de diez. Por la pandemia, las autoridades penitenciarias prohibieron las visitas de familiares en las diferentes cárceles, medida que aún está en vigencia. La pandemia, además, trajo al tapete el problema de la aplicación de la prisión preventiva como norma general y no como excepción, tal y como lo establece el Código Procesal Domiciano.

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