El Poder Ejecutivo volvió a incluir en una iniciativa legislativa la controversial frase “orientación sexual”.

Esta vez fue en el proyecto de ley orgánica integral de prevención, atención, persecución, sanción y reparación para la erradicación de la violencia contra las mujeres, que sometió al Senado el pasado lunes a través de Antoliano Peralta, consultor jurídico del Ejecutivo, quien se hizo acompañar de la ministra de la Mujer, Mayra Jiménez; y del ministro de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez.

La pieza contempla también pena complementaria por hasta 60 años de cárcel y sanciona el feminicidio con prisión mayor de 30 a 40 años.

Señala, además, que la violencia sexual agravada se castigará con las penas de prisión de 20 a 30 años y una multa de 30 a 40 salarios mínimos.

El pliego legislativo, de 142 artículos, establece en el artículo cuatro que se aplicará en beneficio de todas las mujeres, adolescentes y niñas, independientemente de su raza, color, nacionalidad, estatus migratorio, edad, condición socioeconómica, religión o creencias, discapacidad permanente o transitoria, origen cultural, étnico, “orientación sexual”, género o cualquier otra condición, causa análoga o circunstancia personal, jurídica, social o de ideología política.

En su artículo siete párrafo dos punto ocho, el proyecto consigna que al momento de su aplicación, los organismos y agentes del Estado deben abstenerse de realizar acciones que, de cualquier manera, vayan dirigidas a crear situaciones de discriminación, sea que tengan por objeto el menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres, adolescentes y niñas.

Esto en razón de su género, como raza, color, nacionalidad, estatus migratorio, apariencia física: altura, peso, cabello, edad, condición socioeconómica, religión o creencias, discapacidad permanente o transitoria, origen cultural, étnico, “orientación sexual”, o cualquier causa análoga u otra condición o circunstancia personal, jurídica, social o de ideología política.

Se recuerda que el presidente Luis Abinader incluyó la palabra “orientación sexual” en el proyecto de ley contra la ciberdelincuencia, que más adelante tuvo que retirarlo del Congreso Nacional, debido a los críticas que generó en distintos sectores, por considerar que atentaba contra la libertad de expresión.

Además, el tema de la orientación sexual es también el que tiene detenido en el órgano bicameral la iniciativa del Código Penal, según indicaron Alfredo Pacheco y Julito Fulcar, presidente de la Cámara Baja y el vocero de los diputados del PRM.

La pieza, cuyo informe favorable está listo desde la pasada legislatura y que la Comisión Permanente de Justicia de la Cámara de Diputados no ha podido rendir al hemiciclo, se mantiene estancada y permimirá el próximo 12 de enero, por supuestas discrepancias en legisladores ante el artículo 185, que condena la discriminación.

La sumatoria de una condena será hasta 60 años

El proyecto de ley precisa que la violencia de género contra las mujeres será sancionada bajo la modalidad concurso real, reconoce los distintos tipos de violencia que puedan generarse en un hecho determinado “sin que la sumatoria de la condena supere los 60 años de prisión”.

De la misma forma, aclara que la imposición de una pena de prisión, con o sin multa, no excluye la posibilidad de que un tribunal ordene también la imposición simultánea de una o varias penas complementarias o medidas de seguimiento socio-judicial, conforme a lo que dispone la pieza.

En su artículo 123, la iniciativa indica que quien mediante conducta repetitiva y a través de sistemas de carácter electrónico o cualquier otra tecnología de la información y comunicación, ejerza acoso u hostigamiento atente o afecte, hiere, amenace o asuste de manera repetitiva o sostenida a una mujer, adolescente o niña, en razón de su género y que se desarrolla en el ámbito escolar o formativo, comete ciberbullying y será sancionado con pena de dos a tres años de prisión.

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