El Tribunal Superior Administrativo cuestionó la resolución de la Junta Central Electoral (JCE) que da un plazo hasta el 6 de diciembre a los partidos políticos para que informen si optarán por primarias y el tipo de padrón que usarán para escoger los candidatos para las elecciones del 2020.

La corte rechazó la medida cautelar de suspensión de la resolución que solicitaron ocho partidos de oposición. “Se observa superficialmente que el mismo dispone un plazo no dispuesto por la normativa para que los destinarios comuniquen su decisión referente a la modalidad de primarias, creando consecuencias significativas que tampoco se encuentran previstas en la ley 33-18 como son la imposición de acogerse a una modalidad distinta a las primarias por lo que dicha resolución crea derechos acciona que no se corresponde con la naturaleza de un acto administrativo”, establece el Tribunal en la sentencia que fue dictada ante un recursos interpuesto por los partidos.

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